La Justicia Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar favorable a la Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina (ASIJEMIN) y ordenó la suspensión de la aplicación de artículos centrales de la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, en el marco de una acción de amparo promovida por el gremio.
La resolución fue emitida por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 63 y dispone la no aplicación de un amplio conjunto de disposiciones cuestionadas por ASIJEMIN, que impulsó el planteo judicial con el patrocinio de los abogados Mario Fabián D’Alessandro y León Darío Piasek.
Según el fallo, la presentación del gremio minero quedará vinculada al expediente colectivo ya en trámite contra el Estado Nacional, lo que garantiza que los alcances de la cautelar obtenida por la CGT también protejan a los trabajadores jerárquicos mineros.
En la práctica, esto implica que un conjunto amplio de artículos cuestionados (en particular los 1, 3, 4, 16, 17, 20, 31, 32, 33, 36, 37, 41, 42, 51, 58 a 77, 79, 82, 83, 84, 88, 89, 90 a 93, 101, 103, 131, 136, 137, 138, 139, 142, 143 y 144) —vinculados a condiciones de contratación, períodos de prueba, despidos, indemnizaciones, responsabilidades empresarias y derechos colectivos— continúan suspendidos en su aplicación.
Desde ASIJEMIN remarcaron que la decisión judicial resguarda a los trabajadores frente a medidas que implican una mayor flexibilización laboral, con impacto directo en la estabilidad del empleo, los salarios y los derechos adquiridos.
Además, el sindicato sostuvo que los artículos impugnados vulneran garantías fundamentales consagradas en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en el Convenio N.º 87 de la Organización Internacional del Trabajo, especialmente en lo relativo a la libertad sindical, el derecho de huelga y la negociación colectiva.
Unificación del reclamo y estrategia judicial
El fallo introduce un elemento clave: la articulación de los distintos planteos sindicales en una misma estrategia judicial. La decisión de unificar el amparo de ASIJEMIN con el de la CGT refuerza el carácter colectivo de la disputa y amplía el alcance de la cautelar ya vigente.
En ese sentido, el tribunal consideró que no correspondía dictar una nueva cautelar sobre varios artículos, no por rechazar el planteo, sino porque esas disposiciones ya se encuentran suspendidas en el marco de la causa iniciada por la central obrera.
“Es bueno poner en valor el reclamo colectivo”
El secretario general de ASIJEMIN, Marcelo Mena Muñoz, valoró tanto la medida cautelar como la decisión de unificar los reclamos, al considerar que fortalece la defensa de los derechos laborales.
“Se trata de un logro muy importante que protege de manera concreta a los trabajadores jerárquicos mineros y garantiza la continuidad de las fuentes laborales”, afirmó.
En la misma línea, el dirigente destacó la convergencia con la CGT como parte de una estrategia más amplia del movimiento obrero para frenar la reforma. La unificación del reclamo judicial, señaló, permite “poner en valor” las acciones individuales dentro de un planteo colectivo de mayor alcance.
Impacto en el sector y escenario abierto
Desde el gremio subrayaron que la medida cautelar alcanza directamente a los trabajadores jerárquicos, profesionales y técnicos de la actividad minera en todo el país, consolidando un marco de protección frente a la reforma.
Asimismo, el fallo se inscribe en un escenario de creciente judicialización de la normativa laboral, donde distintos sindicatos avanzan en presentaciones para cuestionar su constitucionalidad.
En ese contexto, la decisión de la Justicia laboral no solo sostiene la suspensión de artículos clave de la ley, sino que también fortalece la estrategia sindical de articulación colectiva, con la CGT como eje central de la disputa en los tribunales.