Impuesto a las Ganancias: la nueva tabla para calcular el tributo que definió la AFIP

El organismo nacional confirmó que a partir de este mes el piso para tributar es de $1.980.000. Además, la AFIP estableció un nuevo esquema para calcular el tributo, el cual regirá hasta fin de año y que aliviará significativamente la carga.

Por Redacción

17 de octubre de 2023

Tras la eliminación de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que a partir de octubre los salarios alcanzados por el impuesto a las ganancias son los que superan, en bruto, los $1.980.000. Es decir, ese monto equivale a 15 salarios mínimo, vital y móvil (SMVM) con la última actualización vigente este mes, que alcanzó los $132.000.  

Asimismo, el organismo publicó una nueva tabla para el cálculo del tributo, diferente a la que un mes atrás había incluido en una resolución. Más allá de que el SMVM tendrá reajustes en noviembre y diciembre, la base para tributar seguirá siendo la misma hasta el final de 2023. El impacto de la medida comenzará a sentirse en los primeros días de noviembre, con el cobro de los sueldos de este mes.

Cabe recordar que la medida fue anunciada por el ministro de Economía Sergio Massa, y la modificación establecida por el decreto 473 implica que, para los ingresos devengados desde el 1° de este mes y percibidos hasta el 31 de diciembre próximo, rige un piso para tributar equivalente a 15 SMVM, según el valor definido para octubre.

Dentro del paquete lanzado por el candidato a presidente por Unión por la Patria (UxP), la medida referida a Ganancias es la que impacta en el sector de las y los trabajadores de mayores ingresos de la Argentina, lo que significará para ese grupo, mejoras en el ingreso de bolsillo de entre 20% y 40%, aproximadamente.

Detalles del nuevo cálculo 

Según estableció el decreto del Poder Ejecutivo, la AFIP debía establecer una nueva tabla para el cálculo del impuesto a las Ganancias, y así fue lo que sucedió hace un mes atrás con la aprobación de la Resolución 5417. Sin embargo, después de esa medida se acordó la actualización del salario mínimo y, en consecuencia, ahora el organismo publicó en su página web una nueva tabla, que es la que deberán utilizar los empleadores y organismos de la seguridad social (por los haberes jubilatorios) para calcular los descuentos en los casos que corresponda.

Por ejemplo, un empleado con una remuneración de $2.100.000 tendrá, según el esquema actualizado, una detracción por Ganancias (solo por su salario) de $10.705, mientras que en un escenario sin modificaciones habría tributado $561.930, si no hay deducciones ni por familiares a cargo ni por gastos. La diferencia, de $551.225, representa una mejora en el salario de bolsillo de alrededor de 40%.

Para simplificar, el ejemplo se hizo solo considerando el sueldo, pero hay que tener en cuenta, que, al momento de calcular el tributo, el empleador suma al ingreso imponible del mes una doceava parte del salario porque, de esa manera, se distribuye durante todo el año la carga fiscal que pesa sobre el aguinaldo (es decir, en la práctica el descuento será más elevado en ambos escenarios).

Por último, vale recordar que con los sueldos del mes pasado correspondió liquidar la segunda cuota del reintegro originado en la modificación de los valores de la tabla de alícuotas del impuesto.