La Justicia laboral de Mar del Plata falló a favor de indemnizar con 176 millones de pesos a una empleada de una farmacia que contrajo Covid durante la última pandemia y como consecuencia de dicha enfermedad sufrió distintas secuelas, las cuales derivaron en altos niveles de discapacidad que deberán ser tratados durante el resto de su vida.
Se trata de una trabajadora de 40 años que tenía una vida absolutamente normal y sana, en la que, además de realizar sus tareas en el local, realizaba prácticas deportivas y otras actividades lúdicas y recreativas. Sin embargo, ya no las puede practicar debido a las consecuencias de lo que el COVID 18 produjo en su organismo, sobre todo en su sistema respiratorio.
En ese contexto, Evangelina Crovo, la abogada que la representó en esta demanda, detalló que su clienta enfrenta una situación delicada desde que contrajo esa enfermedad en el ámbito laboral. Cabe destacar que al desempeñarse como rubro farmacéutico quedó enrolada como “trabajadora esencial” y debía concurrir a cumplir con sus tareas de manera obligatoria mientras la mayoría de la comunidad estaba obligada a restricciones y encierro en sus domicilios.
Un cambio en su vida
La letrada mencionó que “se reconoce la enfermedad como laboral porque era obligatorio que fuera, porque era esencial y contrajo la enfermedad en su marco de trabajo”, al tiempo que señaló que en la actualidad, casi cinco años después, la mujer presenta secuelas a nivel bronquial.
“Pasó de ser una persona de 40 años plena, que corría, bailaba y cantaba y ahora no puede hacer actos mínimos como caminar, subir escalera sin agitarse”, comentó con relación a la realidad que le toca vivir y que bajo estas condiciones no le permiten realizar una vida normal.
Posteriormente, la defensora ponderó la actitud de los jueces que evaluaron pruebas, al tiempo que avalaron el informe médico que dictaminó 60% de discapacidad en la demandante, a lo que suman otros alcances como el daño psicológico y moral.
“El Tribunal de Trabajo reconoció daños y sentencia de 176 millones”, comunicó. No obstante, aclaró que el fallo aún no está firme y tiene todavía instancias de apelación por parte de la parte condenada
Un antecedente
No es la primera vez que la Justicia dictamina en este sentido. Ya en abril el Juzgado Nacional de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 4, a cargo del juez Jose Luis Cassinerio, condenó al Estado Nacional a indemnizar a un agente que contrajo COVID-19 mientras cumplía tareas esenciales durante la pandemia. La sentencia distinguió entre los daños sufridos en “misiones específicas” de las fuerzas de seguridad y aquellos derivados de otros actos de servicio, y concluyó que el contagio de coronavirus no excluye la posibilidad de reclamar una reparación por la vía del derecho común.
El caso fue iniciado por César Ariel Castillo, personal subalterno de la Prefectura Dique Luján, quien demandó al Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Prefectura Naval Argentina por los daños y perjuicios derivados de haber contraído COVID-19 en junio de 2021 mientras prestaba funciones. Según relató, la enfermedad le dejó secuelas físicas y psíquicas permanentes, por lo que reclamó una indemnización superior a los $12 millones
Finalmente, el juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al Estado Nacional a pagarle a Castillo la suma de $8.652.000, más intereses. La indemnización incluyó los rubros de incapacidad sobreviniente, gastos de atención psicológica futura y daño moral, al considerar acreditadas las secuelas físicas y psíquicas derivadas de la enfermedad, así como el padecimiento sufrido a raíz del contagio.