Pasaron seis meses desde su entrada en vigencia, pero la Justicia aún no falló sobre la constitucionalidad de la reforma laboral

Hasta el momento, tribunales provinciales y nacionales dictaron fallos sobre artículos específicos de la normativa aprobada por la mayoría de las cámaras de diputados y senadores.


 

Lunes, 14 de septiembre de 2026 18:20


A seis meses de la aprobación de la reforma laboral libertaria, la Justicia aún no resolvió la cuestión de fondo, por lo que los trabajadores y empresarios se encuentran en vilo mientras aguardan una respuesta definitiva.

La principal causa que se tramita en torno a la normativa votada por ambas cámaras del Congreso de la Nación es la de la Confederación General del Trabajo (CGT), aunque también hay que remarcar la existencia de numerosos fallos que critican artículos específicos como el pago en cuotas de las sentencias y la nueva tasa de intereses.

La Ley de Modernización Laboral entró en vigencia el 6 de marzo y en ese mismo mes, la CGT realizó un planteo que tomó la jueza en lo Contencioso Administrativo federal 12, Macarena Marra Giménez, iniciada por la CGT, la cual pidió la suspensión de 81 artículos, a lo que se hizo lugar, pero luego la Cámara aceptó un planteo del Ejecutivo para que el expediente pase al fuero Contencioso Administrativo. Por eso, en mayo, Marra Giménez dejó sin efecto la medida cautelar.

A propósito, desde la central obrera afirmaron que al tramitarse como juicio sumarísimo y no quedar prueba por producir, el expediente estaría en condiciones de ser resuelto, pero las observaciones sobre los sujetos involucrados podría demorar la decisión. 

En el trámite, fueron incluidas la Sociedad Rural y la Unión Industrial Argentina, pero el pedido de la CGT para añadir al Consejo Nacional del Empleo fue rechazado.

Observaciones 

Después de la entrada en vigencia de la ley, salieron numerosos fallos judiciales contra artículos puntuales, como el pago en cuotas de las sentencias, el 277, que permite a las grandes empresas cancelar condenas en hasta seis partes mensuales y a las MiPyMEs en hasta doce. 

Al respecto, la Sala I de la Cámara Nacional del Trabajo declaró su inconstitucionalidad en el caso “Torrez, Florencia Ayelen c/ La Distribuidora Saludable S.R.L.”, con un voto del juez Enrique Catani que sostuvo que la norma “vulnera el derecho de propiedad y el principio de igualdad al permitir que el empleador condene al trabajador a financiarlo forzosamente tras haber incumplido sus obligaciones”.

Por su parte , la Cámara del Trabajo de Córdoba llegó a la misma conclusión al explicar que la dilación en el pago “desnaturaliza la reparación del trabajador” al afectar el carácter alimentario del crédito. 

Otra objeción giró en torno a la nueva tasa de intereses para juicios laborales, en la que la reforma estableció el IPC más un 3% para los juicios nuevos y una tasa pasiva del Banco Central con piso y techo para los anteriores. 

Principalmente, en marzo, la Sala I de la Cámara Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 por considerar que estableció un régimen menos favorable para empleados que habían iniciado juicios antes de la reforma, mientras otra sala lo avaló, generando criterios contrapuestos. 

Finalmente,el abogado Gustavo Velesquen Saenz alertó que tal diferencia podría derivar en que el debate por la validez de la norma se extienda por más de cinco años hasta llegar a la Corte Suprema

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