Un fiscal quiere llevar a lo Contencioso administrativo el amparo de la CGT contra el DNU

Se trata de Juan Manuel Domínguez, que pidió se saque del foro laboral el pedido de inconstitucionalidad del decreto presentado por la central obrera. La CTA de los Trabajadores también consiguió que se abra la feria para su recurso judicial.  

Por Redacción

03 de enero de 2024

Luego que la justicia habilitara la feria judicial para estudiar el amparo presentado por la CGT contra el DNU del presidente Javier Milei, un fiscal quiere sacar el ámbito laboral la discusión y llevar a la faceta administrativa. Se trata de del fiscal general de la Cámara Laboral, Juan Manuel Domínguez, quien solicitó pasar el pedido de la central obrera desde ese fuero a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. La opinión del fiscal, quien representa los intereses de la sociedad, es un revés para la central obrera.

Según publicó este miércoles el diario Clarín, el fiscal Domínguez dijo que “debe recordarse que la ley 26854 contiene expresas y singulares precisiones en torno a los conflictos de competencia; así, por ejemplo, habilita la vía de la inhibitoria aun entre jueces de la misma jurisdicción judicial y pregona la aptitud de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para elucidarlos siempre que intervenga un juez dicho Fuero”.

En ese contexto, agregó el matutino porteño, “pese a las previsiones del art. 24 inciso 7° del decreto 1285/58, toda vez que se encuentra involucrada en el conflicto de competencia la Justicia Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, rige el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que, en coherencia con lo sugerido por la Procuración General de la Nación, tiene dicho que ‘… resulta de aplicación al caso lo dispuesto por el art. 20, segundo párrafo, primera parte, de la ley 26.854, según el cual “todo conflicto de competencia planteado entre un juez del fuero contencioso administrativo y un juez de otro fuero, será resuelto por la Cámara Contencioso Administrativo Federal’…”.

Reclamo judicial

El viernes pasado se presentó un pedido de nulidad ante la justicia, que ayer marte fue habilitado. Según se informó, la sala de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo definió habilitar el receso judicial para tratar el recurso presentado a fin de año por la CGT contra el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 emitido por el gobierno de Javier Milei que cambia las condiciones de contratación laboral en el país. La resolución, firmada por los camaristas María González y Alejandro Subera, atendió el pedido de la CGT, firmado por su secretario general Héctor Daer, para que se levante la feria y se evalúe el pedido de suspensión del decreto de necesidad y urgencia.

 

Pero ahora un fiscal quiere que esa decisión se retrotraiga. Ahora la cámara tiene que decidir si acepta o rechaza pero se abre una discusión interfueros de final incierto. Por otra parte, el fiscal de instrucción del fuero en lo contencioso administrativo federal, Miguel Gilligan, se opuso a abrir la feria judicial para tratar otro pedido de amparo contra el DNU que desregula la economía en la causa que abrió el ex presidente de Colegio Público de Abogados de la CABA, Jorge Rizzo.

Otro fallo favorable

En tanto, la jueza de primera instancia Silvia Garzini también concedió el recurso de apelación interpuesto por la CTA de los Trabajadores contra el DNU 70/2023 firmado por el presidente Milei y habilitó el tratamiento durante la feria judicial. La magistrada que había rechazado en primera instancia el recurso de amparo y la medida cautelar solicitada, en el día de la fecha admitió la posibilidad de que la sentencia se apele y elevó el expediente a la Cámara Nacional del Trabajo, para que sea ésta la que resuelva dicho recurso.

La central obrera recordó que, en la demanda presentada, se solicitó la medida cautelar de “no innovar” que inhiba la aplicación de los artículos 53 a 97 inclusive, que integran el “Título IV – Trabajo” del DNU 70/2023 y constituyen una verdadera reforma laboral regresiva para las y los trabajadores, hasta el dictado de la sentencia de fondo.  Dicha reforma laboral “es violatoria del derecho de huelga, habilita el despido sin causa y sin indemnización y pretende maniatar de pies y manos a los sindicatos”.

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