Revés para la estrategia judicial de la CGT: la discusión sobre la reforma laboral pasa al fuero Contencioso Administrativo

Un falló reciente declaró la competencia de ese fuero en la cautelar presentada por la central obrera, quitando al Juzgado Nacional de Trabajo N°63 del tratamiento. En tanto, un gremio aeronáutico logra avanzar en el rechazo de la norma en el plano judicial.

Lunes, 13 de abril de 2026 09:37

La estrategia judicial de la CGT sufrió su primer revés. La Justicia Contencioso Administrativo Federal admitió la inhibitoria presentada por el gobierno nacional en la causa iniciada por la central obrera, por la cual se dictó la cautelar que suspendió algunos artículos del texto aprobado en el Congreso. La resolución de la jueza federal Macarena Marra Giménez declaró la competencia del Fuero en lo Contencioso Administrativo Federal en la cautelar presentada por la central obrera, retirandosela al Juzgado Nacional de Trabajo N°63.

Un abogado laboralista explicó que la inhibitoria es una medida para que el otro juzgado deje de entender en esa causa y dejando de tener la competencia.  La fuente conjeturó que la justicia laboral va a rechazar esa resolución y se va a plantear un conflicto de competencia que terminará en la Corte Suprema de Justicia. La Justicia Nacional del Trabajo hizo lugar el lunes de la semana a la cautelar presentada por la CGT por la que ordenó la suspensión provisoria de una parte sustancial de la reforma laboral impulsada por el Gobierno, al considerar que existen indicios serios de inconstitucionalidad y riesgo de daños irreparables si la norma entra plenamente en vigencia. Ya hay al menos cuatro fallos más que frenan la implementación de artículos de la reforma laboral.

El fallo, dictado en el marco de una acción colectiva contra el Estado Nacional, no resuelve aún el fondo de la cuestión, pero sí establece un freno inmediato a la aplicación de numerosos artículos de la Ley 27.802 hasta que se dicte una sentencia definitiva.

Detalles

La central obrera había planteado que la reforma implica una regresión en derechos laborales, afecta la libertad sindical y vulnera principios constitucionales y tratados internacionales incorporados a la Constitución. Entre los puntos cuestionados se encuentran cambios en el régimen de indemnizaciones, la ampliación de facultades del empleador, la flexibilización de condiciones laborales y nuevas restricciones a la actividad sindical. Los artículos de la ley son el 1, 3, 6, 9, 10, 13, 16, 17, 18, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 41, 42, 44, 43, 46, 47, 48, 50, 51, 53, 55, 56, 57 de la Ley 27.802.

El juez consideró que la CGT tiene legitimación para representar al conjunto de los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y sostuvo que existe una “verosimilitud del derecho calificada”, es decir, fundamentos suficientes para presumir que podrían haberse vulnerado garantías constitucionales, en particular el principio de protección del trabajo consagrado en el artículo 14 bis.

Otro fallo

En lo que calificaron como un “día histórico para la clase trabajadora”, la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) anunció que la Justicia hizo lugar a una medida cautelar en el marco del amparo presentado contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. Se trata del primer fallo favorable a una organización sindical que cuestiona aspectos centrales de la normativa. La resolución fue dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 y dispone la suspensión de un conjunto significativo de artículos de la ley 27.802. Entre ellos se encuentran los artículos 1, 3, 16, 17, 31, 32, 33, 41, 42, 51, 58 a 77, 79, 103, 131, 136, 137, 138, 139, 142, 143 y 144, considerados por el gremio como disposiciones que “atentan contra derechos fundamentales de los trabajadores”.

Desde el sindicato destacaron que el fallo representa un freno judicial a la implementación de la reforma y lo interpretaron como un precedente de alcance más amplio, que podría ser utilizado por otras organizaciones gremiales en distintos sectores de la economía. A través de un comunicado firmado por su secretario general, Edgardo Llano, y el secretario de Prensa, Mariano Airali, APA sostuvo que la resolución es el resultado de la “unidad y organización” de los trabajadores aeronáuticos frente a políticas que calificaron como “antidemocráticas y antipopulares”.

En ese sentido, remarcaron que la medida cautelar no solo impacta en su actividad, sino que abre la puerta a futuras presentaciones judiciales por parte de otros gremios. “No nos vamos a detener aquí; seguiremos luchando siempre por los derechos de todos los trabajadores y trabajadoras”, señalaron.

 

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