SUTCAPRA hace uso de derecho a respuesta en Data Gremial

El "derecho de respuesta" es un beneficio para los lectores que brinda este medio.

Domingo, 27 de septiembre de 2026 13:47


En uso del “derecho de respuesta” que contempla Data Gremial en su política editorial, se publica a continuación la posición del Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUTCAPRA) en relación con la nota titulada “UPSRA acordó la continuidad laboral y el reconocimiento de la antigüedad de los vigiladores de Mercedes-Benz”, publicada por este portal el pasado 16 de septiembre.

A continuación, Data Gremial reproduce de manera íntegra el descargo enviado por SUTCAPRA:

No fue UPSRA: SUTCAPRA celebró el acuerdo que garantizó la continuidad laboral en Mercedes-Benz

Desde el Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUTCAPRA), conducido por su secretario General Leandro Nazarre, consideramos necesario aclarar la información FALSA publicada sobre la situación de los trabajadores de seguridad de la planta de Prestige Auto S.A. (Mercedes-Benz), en Virrey del Pino.

El acuerdo que garantizó la continuidad laboral de los vigiladores fue negociado y celebrado por SUTCAPRA junto con la empresa Prosegur y los trabajadores involucrados, tras el cambio de prestataria del servicio de seguridad. La intervención estuvo a cargo de nuestra Rama de Vigilancia y Custodia, encabezada por Lucas Burquet.

El acuerdo permitió preservar conquistas fundamentales para los trabajadores que allí prestaban servicio garantizando la continuidad de todos los puestos de trabajo, el reconocimiento del 100% de la antigüedad para quienes contaban con hasta diez años de servicios, el mantenimiento de las categorías laborales, un adicional salarial mensual de $90.000 ajustable en paritarias y una compensación extraordinaria de $500.000 por única vez. La documentación oficial del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires confirma este proceso. 

Mediante la Disposición 2026-71, la autoridad laboral registró el acuerdo suscripto por las partes intervinientes, ratificado individualmente por los trabajadores en audiencias realizadas ante la Delegación Regional de Trabajo y Empleo de La Matanza, y por Prosegur (una de ellas el 16 de junio 2026 -foto adjunta-)

En el medio de este proceso de entendimiento, UPSRA presentó una impugnación para intentar impedir la homologación del acuerdo, en perjuicio de los trabajadores. Desde SUTCAPRA entendemos que cuestionar un acuerdo que garantiza empleo, reconoce antigüedad y mejora los ingresos de los trabajadores únicamente termina perjudicando a los vigiladores de la planta.

Es importante aclarar también que los trabajadores involucrados en este acuerdo son afiliados a SUTCAPRA y no existen afiliados de UPSRA en ese objetivo. La intervención de esa organización se produjo con posterioridad, al intentar cuestionar el acuerdo alcanzado.

SUTCAPRA defendió y continuará defendiendo la representación de sus afiliados por todas las vías gremiales y legales correspondientes.

Finalmente el resultado concreto de esta negociación llevada adelante por SUTCAPRA fue: más derechos, mayor estabilidad y mejores condiciones para los trabajadores involucrados.

Nota de la Redacción: la documentación oficial respalda la información publicada por Data Gremial

En virtud de nuestra política editorial de pluralismo y apertura a los lectores, Data Gremial publica de manera íntegra el descargo enviado por SUTCAPRA.

Al mismo tiempo, este medio ratifica la información publicada originalmente: ninguno de los datos centrales de la nota resulta falso. La información fue elaborada a partir de documentación oficial incorporada en el conflicto por la continuidad laboral de los trabajadores de seguridad de la planta de Prestige Auto S.A. (Mercedes-Benz), en Virrey del Pino.

El punto central es concreto: el acuerdo cuya existencia informó Data Gremial fue suscripto con intervención de UPSRA y PROSEGUR S.A. ante la Delegación Regional La Matanza del Ministerio de Trabajo bonaerense.

El documento es público y no deja lugar a interpretaciones sobre quiénes participaron de esa instancia. Allí consta que, en representación de la Unión Personal de Seguridad de la República Argentina (UPSRA), intervinieron Carlos Alberto Iribarren, delegado regional La Matanza, y el Dr. Patricio Martín Ghione, apoderado del gremio. Por PROSEGUR S.A. participó la Dra. Graciela Manzione.

El acta establece expresamente que las partes “han arribado al siguiente acuerdo conciliatorio”, aplicable a los trabajadores encuadrados en el CCT 507/07 que desarrollaban tareas en el objetivo Prestige S.A., en Virrey del Pino.

Pero existe, además, otro elemento documental determinante: el dictamen N° 417/2026 del Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, correspondiente al Expediente EX-2026-05833323- -GDEBA-DPNCMTGP.

En ese dictamen, la propia autoridad laboral sostuvo que SUTCAPRA “carece de ámbito de representación personal suficiente” para ejercer la representación individual o colectiva de los trabajadores vigiladores que prestan tareas en Prestige S.A. a través de Prosegur.

La precisión no es menor. El Ministerio distingue allí entre el ámbito de actuación reconocido a SUTCAPRA y la actividad de vigilancia privada comprendida en el CCT 507/07.

El documento oficial señala que la ampliación de la simple inscripción de SUTCAPRA le permite agrupar a trabajadores que realizan tareas de control de admisión y permanencia de público en general en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires. Pero esa facultad no comprende a los vigiladores de la seguridad privada alcanzados por el convenio colectivo de la actividad.

La conclusión del dictamen es todavía más explícita: “La actividad se encuentra reservada a la UPSRA”.

En ese marco debe leerse también la situación de los siete trabajadores afiliados a SUTCAPRA mencionados por esa organización en la documentación remitida a Data Gremial. Para preservar sus derechos, el Ministerio recomendó que fueran convocados con patrocinio letrado para ratificar personalmente el acuerdo que menciona esa entidad gremial.

Por eso, la discusión acerca de cuántos afiliados tiene cada sindicato en el establecimiento no modifica el contenido de la documentación oficial que sustenta la nota publicada por este medio.

SUTCAPRA también afirmó, en el primer correo enviado a Data Gremial, que “UPSRA no cuenta con afiliados en ese establecimiento”. Esa afirmación no le consta a este medio y, por su propia naturaleza, es un dato cuya certificación corresponde a la autoridad laboral competente mediante los mecanismos correspondientes.

Además, la cuestión de la afiliación individual tampoco resulta determinante para establecer el ámbito de representación sindical. UPSRA cuenta con personería gremial N° 1332 y, conforme surge de la documentación analizada, ejerce la representación de los trabajadores de la seguridad privada comprendidos en su ámbito en todo el país, con excepción de la provincia de Córdoba, sean afiliados o no a la organización.

La documentación oficial, entonces, permite distinguir dos cuestiones que no deben confundirse: la pertenencia sindical individual de determinados trabajadores y la representación colectiva derivada de la personería gremial.

Data Gremial considera que la documentación publicada y relevada resulta suficiente para sostener la información difundida originalmente.

Por eso, ratifica la nota publicada y da por concluido el intercambio sobre este punto, reafirmando su compromiso con el periodismo riguroso, la verificación documental, el pluralismo y la libertad de expresión.

 

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