Desde 1976, los programas económicos neoliberales vinieron de la mano de reformas laborales que cercenaron derechos a los trabajadores. Durante el gobierno de Videla y Martínez de Hoz, lo hicieron con el Decreto-Ley 21.297, que modificó 97 artículos in pejus (en perjuicio) para el trabajador y derogó 29 artículos de la Ley de Contrato de Trabajo. Luego, durante el gobierno de Menem y Cavallo, avanzaron a través de la mal llamada “Ley de Empleo” N.º 24.013, que promovió los llamados “contratos basura”.
Más tarde, con una serie de decretos, entre ellos el 1334/1991, limitaron las negociaciones colectivas y las ataron a la productividad. También promulgaron la Ley 24.465, que estableció el “período de prueba” y contratos de “aprendizaje”, entre otras normativas flexibilizadoras.
Durante el gobierno de La Alianza, con De la Rúa y Cavallo —continuadores del modelo económico neoliberal del menemismo y la dictadura cívico-militar— y en medio de un escándalo de corrupción denunciado por el diputado Héctor Recalde —luego conocido como el “capo di tutti i capi” por las corporaciones económicas—, se promulgó otro gran hito flexibilizador: la Ley 25.250, más conocida como “Ley Banelco”.
Conocida de esa manera porque, según las denuncias, las coimas para aprobarla fueron instrumentadas a través de ese sistema, la norma extendió el período de prueba de tres a seis meses, habilitó que los convenios por empresa prevalecieran sobre los de actividad y permitió pactar a la baja condiciones establecidas en convenios sectoriales, entre otras medidas que debilitaban la protección y estabilidad laboral de los trabajadores.
El impacto sobre el empleo y la economía
El argumento para llevar adelante estas reformas laborales regresivas siempre fue el mismo: que reducirían los costos patronales, facilitarían la contratación y rotación de trabajadores y generarían mayores niveles de registración.
Sin embargo, en 1991, cuando se promulgó la Ley 24.013, la tasa de desempleo, según el INDEC, se encontraba en 6,5%. Cuatro años después, el desempleo se disparó al 17,5%, el nivel más alto desde 1930.
La recuperación posterior del empleo no fue producto de la flexibilización, sino de una recuperación cíclica o “efecto rebote”. Luego del impacto provocado por el “efecto tequila”, los capitales volvieron a invertir en América Latina y Argentina, que con su régimen de convertibilidad “confiable” atrajo inversiones especulativas y mayores niveles de endeudamiento.
Eso generó una reactivación temporal del crédito, el consumo y la construcción. Pero no se creó empleo estable ni de calidad. Con una industria gravemente afectada por las políticas de apertura indiscriminada de importaciones, el nuevo empleo se concentró en el comercio, los servicios y sectores de baja productividad.
A través de los llamados “contratos basura”, gran parte del empleo era parcial, temporal y con menores aportes. El salario real seguía reprimido a niveles de 1993 y las familias continuaban endeudándose con tarjetas de crédito.
Gran parte del empleo también se sostuvo mediante programas de empleo público. El Estado emitió bonos y deuda externa para financiar obra pública, planes sociales como el programa “Trabajar” y consumo. Eso generó una sensación de recuperación sin modificar la estructura laboral de fondo, hasta que en 1999 Brasil devaluó su moneda y Argentina perdió competitividad.
Todo derivó en la crisis económica y social de 2001, la más grave desde el retorno de la democracia, con una tasa de desempleo que llegó a superar el 21,5%.
Litigiosidad, costos y el rol de las PYMES
Como hemos visto brevemente, está comprobado fáctica e históricamente en nuestro país que las reformas laborales regresivas no generan empleo, no aumentan la productividad ni producen mayores niveles de registración.
En términos de reducción de costos e incremento de ganancias, una empresa puede “ahorrarse” algo bajando indemnizaciones, eliminando aportes o precarizando vínculos. Pero eso no modifica la rentabilidad estructural ni resuelve los factores que realmente determinan los costos: productividad, escala, demanda interna, tasa de interés, tipo de cambio o presión fiscal.
En términos de litigiosidad —que en nuestro país es ridículamente baja—, entre 2014 y 2023 las sentencias definitivas en la Justicia Nacional del Trabajo representaron apenas el 0,5% anual de la fuerza laboral del AMBA.
Se trata de una reivindicación que sólo puede interesar a grandes empresas multinacionales con estructuras de personal masivas. Muchas de ellas incluso cuentan con departamentos legales propios para atender los niveles de litigiosidad derivados del gran volumen de trabajadores que emplean.
Por ejemplo, Carrefour tiene alrededor de 22.000 empleados en el país. Pero ese no es el problema de las PYMES, que ocupan cerca del 65% de la fuerza laboral argentina. Según un informe del Senado, el 95,9% pertenece al tramo “micro”, es decir, empresas de entre uno y diez empleados.
Al tener planteles reducidos, prácticamente no registran altos niveles de litigiosidad como sí ocurre en algunas multinacionales. Además, la mayoría opera en mercados internos donde la reducción de derechos laborales ni siquiera mejora su competitividad: si bajan salarios, también cae el consumo que sostiene su demanda.
Es decir, las reformas regresivas les generan más problemas que soluciones.
Flexibilización laboral y disciplinamiento social
La persistencia en implementar este tipo de políticas, si no generan mejoras en el empleo ni ahorros sustanciales en el sistema de costos de las empresas, sólo puede explicarse desde otra lógica: la del poder.
La flexibilización laboral no es un instrumento económico sino político. Su verdadero objetivo es disciplinar a la clase trabajadora y, con ella, al conjunto de la ciudadanía.
Cada vez que el capital logra debilitar derechos, aumenta su capacidad de control. No sólo sobre los cuerpos y los tiempos de trabajo, sino también sobre la subjetividad y la vida social.
Un trabajador sin estabilidad, sin indemnización o sin sindicato es un ciudadano debilitado, un sujeto temeroso, condicionado por la amenaza permanente de perder el empleo.
La precariedad se convierte así en un mecanismo de gobierno de los capitales internacionales para horadar nuestra democracia, violentar nuestra república y vulnerar nuestra soberanía desde las bases mismas de la sociedad. De esa manera, se deja sin defensas a la población para avanzar sobre los recursos naturales y destruir el aparato productivo.
No es casual que estas reformas regresivas sean impulsadas históricamente por organismos internacionales como el FMI y el Banco Mundial.
De allí que el ataque al derecho laboral no busque eficiencia, sino obediencia. Porque una sociedad de trabajadores con derechos es una sociedad con poder de negociación, voz política y capacidad de resistencia.
En cambio, una sociedad de trabajadores fragmentados y endeudados es una sociedad dócil, más fácil de someter al interés extranjero y al capital financiero.
Entonces, la flexibilización laboral no es una política de empleo, sino una herramienta para profundizar la expoliación de la riqueza socialmente producida.