Dictaron la prisión preventiva para los dirigentes de Camioneros acusados de bloquear una empresa en San Pedro

El fallo fue firmado por el juez subrogante de San Nicolás, Román Parodi, quien además dispuso que la modalidad del cumplimiento de la medida contra los dirigentes locales será en sus domicilios, una vez que la decisión quede firme.

Por Redacción

17 de mayo de 2022

El juez de Garantías subrogante de San Nicolás Román Parodi dispuso hoy la “prisión preventiva” de los dos sindicalistas camioneros acusados de haber obstaculizado el acceso y egreso de una planta en la localidad de San Pedro.

Mediante una resolución de 146 páginas, el magistrado resolvió “convertir en prisión preventiva la detención que vienen sufriendo Maximiliano Cabaleyro y Fernando Espíndola”.

Se trata de la causa en la que la jueza titular, María Eugenia Maiztegui, pidió licencia por enfermedad la semana pasada, justo cuando se desarrollaba la audiencia presencial previa a resolver si se concedía la excarcelación de los imputados o les dictaba la prisión preventiva.

El pedido de licencia coincidió con un reclamo de información por parte de la Comisión Bicameral de Inteligencia, ante una denuncia que sostenía que se habían producido escuchas ilegales en el marco de la tramitación del expediente.

La causa fue instruida por la fiscal María Del Valle Viviani, sobre quien el fallo libró oficio para que se investigue un eventual delito de acción público relacionado con la tramitación del expediente.

El juez Parodi, a su vez, ordenó la prisión domiciliaria de ambos, que no se concretará hasta tanto la decisión quede firme.

El juez resolvió la preventiva por los delitos de “turbación de la posesión, coacción en grado de tentativa, extorsión y extorsión en grado de tentativa”.

El fallo entendió que, en principio, existieron esos delitos, “más allá de la deuda laboral que pudiera existir, cuestión que no nos ocupa”.

En rigor, los sindicalistas dijeron que el bloqueo de la planta de San Pedro obedecía a un reclamo por cuotas sindicales atrasadas por un total de medio millón de pesos.

Ante la medida de presión, la empresa aceptó pagar “porque estaban presionados”, y “sin negar que existiera una deuda, la entrega de dinero fue por miedo a sufrir nuevamente el bloqueo”.

La causa pasará ahora a la Cámara de Garantías en instancia de apelación, mientras por separado tramitarán las prisiones domiciliarias ordenadas por el fallo pero aún no concretadas.