El cierre de la cumbre anual de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) trajo un hecho histórico, que contradice la reforma laboral que impuso el gobierno de Javier Milei. La entidad reconoció a repartidores y choferes de plataformas digitales como “trabajadores sujetos de derechos”, lo que genera un precedente muy importante para este colectivo, que crece a pasos agigantados en el país y el mundo. El texto elaborado por la Comisión Normativa sobre el Trabajo Decente en la Economía de Plataformas representa un golpe decisivo sobre la Ley de Modernización Laboral argentina, que dedica un capítulo íntegro a excluir a esos trabajadores de los alcances y protecciones de la ley de Contrato de Trabajo.
La OIT –único organismo tripartito de Naciones Unidas que reúne a gobierno, empleadores y trabajadores – aprobó este viernes con 406 votos a favor, apenas 8 en contra y 36 abstenciones, este nuevo instrumento que busca “ampliar derechos, protección laboral y respuestas a los cambios tecnológicos en el mundo del trabajo”. Se trata de un “hito histórico” que, tras años de debates, demandas sindicales y la oposición de las patronales. La nueva norma internacional aborda los “profundos cambios en el sector y busca poner un freno a los abusos derivados de la implementación de nuevas tecnológicas en el ámbito laboral y garantizar el derecho a la sindicalización”.
El Convenio reconoce los “déficits existentes en la economía de plataformas” para garantizar el trabajo decente, y afirma que se necesitan “adoptar normas específicas”, teniendo en cuenta, además, que estos sectores suelen “operar a nivel transfronterizo”. Por ello, establece un marco de protección para todas las personas que trabajan a través de aplicaciones y plataformas, independientemente de cómo sea clasificada su situación laboral en cada país.
Derechos fundamentales
Uno de los aspectos más relevantes del texto es que reafirma la vigencia de los principios y derechos fundamentales en el trabajo dentro de la economía de plataformas. La norma garantiza “la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación; y un entorno de trabajo seguro y saludable”.
El convenio también obliga a los Estados a adoptar medidas “para prevenir los accidentes del trabajo, las enfermedades profesionales” y otros riesgos asociados. Asimismo, reconoce el derecho de las y los trabajadores a interrumpir una tarea cuando exista “un peligro grave e inminente para su vida o su salud”, y que no deben sufrir represalias por ello. Por otra parte, promueve “la formalización del trabajo, incluido el registro de trabajadores independientes”, como así también “la clasificación correcta” con el objetivo de generar empleos de calidad y oportunidades de capacitación, remuneración justa e información transparente de parte de los empleadores.
Innovación
Uno de los capítulos más innovadores se refiere al impacto del uso de sistemas automatizados de gestión. Las plataformas estarán obligadas a informar a los trabajadores sobre los mecanismos de monitoreo, evaluación y toma de decisiones automatizadas que afecten las condiciones de trabajo. En ese marco, la norma demanda la revisión mediante “una intervención humana apropiada”.
El Convenio también incorpora protecciones en materia de privacidad, garantizando que “los trabajadores de plataformas digitales tengan derecho a solicitar el acceso a sus datos personales”, así como “la rectificación y supresión de dichos datos, con sujeción a la legislación aplicable en materia de conservación de datos”.
Otro de los avances destacados es la protección frente a la violencia y el acoso, incluyendo aquellos episodios “perpetrados en línea o que impliquen a terceros, como clientes”. El nuevo tratado prevé el “acceso a una protección en materia de seguridad social en condiciones que no sean menos favorables que las que se aplican a otros trabajadores con la misma clasificación de la situación en el empleo”. Asimismo, menciona mecanismos “para prevenir los abusos contra los migrantes y los refugiados en el marco de su contratación y de su trabajo como trabajadores de plataformas digitales y para brindarles una protección adecuada”.