Empleo público: descuento por paro, aumento de sanciones, despidos, y jubilaciones y cambios de tareas forzadas

El Gobierno logró el dictamen del proyecto de la nueva Ley Bases que contiene un capítulo sobre Empleo Público. De aprobarse sin cambios, los trabajadores estatales quedarían desprotegidos y sometidos a cambios discrecionales de tareas, lugares de trabajo, jurisdicciones, despidos, aunque estén de licencia. Además, el proyecto limita fuertemente la posibilidad de acción colectiva a través de los sindicatos.

Por Redacción

28 de abril de 2024

El remozado proyecto de Ley de Bases que presentó el Gobierno de Javier Milei refleja las limitaciones que pretende en la participación de las y los trabajadores en la actividad política y gremial, el descuento de las jornadas de paro y determina los diversos pasos para la relocalización de los contratos estatales, incluso a otros poderes y jurisdicciones nacionales sin consentimiento. A su vez, avanza sobre los descuentos de la cuota sindical solidaria.

El capítulo IV del proyecto propone reformas a la Ley 25.164, sustituyendo el artículo 11, que establece que el personal reestructurado quedará automáticamente en situación de disponibilidad por hasta 12 meses, y si al finalizar este plazo no consigue un nuevo empleo, será desvinculado de la Administración Pública nacional con derecho a una indemnización.

Licencias

En el artículo 53 se sustituye el primer párrafo del artículo 12 del Anexo de la Ley 25.164, eliminando las protecciones contra el despido para empleados estatales de licencia por enfermedad, accidente, embarazo o matrimonio, que ahora podrán ser puestos en situación de disponibilidad una vez vencida su licencia.

Reubicaciones sin consentimiento

La nueva Ley Bases establece que, en caso de ser reubicados en otras áreas, los trabajadores deben realizar tareas acordes a su categoría o nivel, o temporalmente desempeñar funciones de un nivel superior con el correspondiente ajuste salarial. Además, elimina la necesidad de consentimiento expreso del trabajador para ser trasladado a otra dependencia o jurisdicción.

También se modifica el artículo 18, que garantiza igualdad de oportunidades en la carrera administrativa y establece que las promociones a cargos vacantes se realizarán mediante sistemas de selección basados en antecedentes, méritos y aptitudes, excluyendo la participación y control de las asociaciones sindicales en la verificación de estos criterios.

Jubilaciones forzosas

Por otro lado, se elimina la disposición que permitía a los empleados que cumplían los requisitos para jubilarse seguir trabajando por un año tras recibir la intimación respectiva, según lo establecido en el artículo 20 del Anexo de la Ley 25.164. Esto significa que se podrán aplicar jubilaciones forzadas de forma inmediata.

Además, la nueva Ley Bases prohíbe las actividades relacionadas con campañas electorales y/o partidarias (artículo 24) y establece que los días de huelga serán descontados de los salarios (artículo 16 bis). También se establece que no se podrán descontar cuotas solidarias de los salarios de los empleados públicos que no estén afiliados, a menos que se cuente con su autorización previa y expresa.

Sanciones disciplinarias y causales de despido

En cuanto a las sanciones disciplinarias, se endurecen las reglas para imponer apercibimientos o suspensiones de hasta 30 días. Se reduce de 10 a 5 el número de inasistencias injustificadas discontinuas en un período de 12 meses para aplicar estas sanciones, siempre y cuando no se considere abandono de tareas. También se considera como causal de cesantía el incumplimiento reiterado del horario establecido y el incumplimiento de los deberes determinados en el artículo 23 de la ley, salvo que la gravedad y magnitud de los hechos justifiquen la aplicación directa de la cesantía.

Respecto a las causales de cesantía, se reduce a 5 el número de inasistencias injustificadas en los últimos 12 meses, se reduce de 5 a 3 el número de inasistencias continuas sin causa justificada, siempre y cuando el empleado haya sido previamente intimado de manera fehaciente a retomar sus tareas. Además, se modifica el período necesario para tener calificaciones deficientes como resultado de evaluaciones de desempeño ineficaz, que pasa a ser de 2 años consecutivos o 3 alternados en los últimos 10 años de servicio, habiendo contado con oportunidades de capacitación adecuada.

La nueva ley también permite la exoneración de trabajadores inmigrantes en caso de pérdida no solo de la ciudadanía, sino también de la residencia permanente.

Además, se duplican los plazos de prescripción para la aplicación de sanciones disciplinarias. Para apercibimientos y suspensiones, el plazo sería de 1 año; para cesantías, serían 2 años; y para exoneraciones, serían 4 años. En todos los casos, el plazo se contaría a partir del momento en que se comete la falta.