La Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) le envió una carta formal al presidente de la Nación, Javier Milei, y a la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, donde les advirtió recurrirá a “organismos de supervisión internacionales correspondientes” si prosperan las sanciones millonarias contra La Fraternidad y la Unión Tranviaria Automotor (UTA) por su participación en el último paro general del 19 de febrero convocado por la Confederación General del Trabajo.
El secretario general del ITF, Stephen Cotton, manifestó que la organización está “particularmente preocupada por las noticias que indican que podrían imponerse sanciones económicas a ambas organizaciones por el solo hecho de haber ejercido su derecho legítimo de llevar adelante una medida de fuerza”.
En el documento firmado por Cotton, la entidad que representa a 16,5 millones de trabajadores del transporte afiliados a más de 700 sindicatos en 150 países exteriorizó su preocupación ante el anuncio del Ministerio de Capital Humano sobre la apertura de sumarios administrativos contra ambos gremios.
Al respecto, subrayó que “la ITF está dispuesta a entablar un diálogo constructivo para respaldar estos principios”. Sin embargo, planteó que “si las preocupaciones expuestas no fueran tratadas adecuadamente, nos reservamos el derecho de plantear este asunto ante los organismos de supervisión internacionales correspondientes”, al tiempo que añadió una frase de cabecera de la senadora nacional Patricia Bullrich, que fue tomada por todas autoridades gubernamentales, al citar que permitirá “dentro de la ley, todo; fuera de la ley, nada”.
En contra de la Constitución Nacional
En ese aspecto, recordó que el derecho de los trabajadores a organizarse y participar en acciones colectivas forma parte de los principios fundamentales de la libertad sindical reconocidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y que Argentina ratificó el Convenio 87 sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación en 1960, normativa que continúa vigente y es vinculante para el país.
Esos principios, detalló, también están incorporados en la legislación argentina. La carta menciona específicamente el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de los trabajadores a organizarse y a participar en acciones colectivas, así como la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, que regula el funcionamiento de las organizaciones gremiales en el país.
Exigen que se respeten a los sindicatos
En ese contexto, la federación internacional alertó que sancionar a organizaciones por participar en medidas de fuerza legítimas “pone a Argentina en riesgo de incumplir sus obligaciones en virtud del derecho laboral internacional y, al mismo tiempo, resquebraja las garantías constitucionales y estatutarias que protegen la libertad sindical dentro del propio sistema jurídico”. Así, señaló el “precedente sumamente inquietante” que sentarían estas acciones frente a la protección de los derechos sindicales y las libertades democráticas.
De esta forma, realizó un llamado directo “al Ministerio para que se abstenga de imponer sanciones contra estas u otras organizaciones sindicales por ejercer sus derechos legítimos y respete plenamente el papel genuino de los sindicatos en defensa de los intereses de sus afiliados y afiliadas”.
Asimismo resaltó que “esta clase de acciones punitivas, en la medida en que interfieren con el ejercicio de derechos reconocidos por convenios internacionales ratificados por Argentina, pueden ser interpretadas como actos de persecución sindical que minan la seguridad jurídica y socavan el respeto por los principios del derecho laboral internacional” y que “el diálogo social y el respeto de la negociación colectiva continúan siendo mecanismos esenciales para abordar los retos sociales y económicos en una sociedad democrática”.
En ese marco, en la carta Cotton indicó que espera que las autoridades argentinas atiendan las preocupaciones planteadas y tomen “todas las medidas necesarias para garantizar el pleno respeto de la libertad sindical y las normas internacionales del trabajo”.