Revés para Milei: el juez que frenó la reforma laboral ratificó su competencia y dejó vigente la cautelar pese al intento del Gobierno de llevar la causa a la Corte

El magistrado Raúl Ojeda sostuvo que la inhibitoria impulsada desde el fuero contencioso no está firme, por lo que no desplaza la competencia laboral. Así, ratificó la validez de lo actuado en la causa iniciada por la CGT y mantuvo vigente la medida cautelar que suspende puntos clave de la reforma.

Viernes, 17 de abril de 2026 17:15

El juez laboral que suspendió la reforma laboral a pedido de la CGT, Raúl Ojeda, volvió a marcar posición frente a los intentos del Gobierno de desplazar la causa a otro fuero e incluso de llevarla directamente a la Corte Suprema mediante un “per saltum”. El magistrado dejó en claro que, mientras no haya una resolución firme, el expediente sigue bajo órbita laboral y la medida cautelar continúa vigente.

La definición se dio en el marco de la acción declarativa colectiva iniciada por la CGT contra el Estado nacional, donde se cuestionan distintos aspectos de la reforma. Allí, el titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 63 se expidió sobre una cuestión clave: el alcance de la inhibitoria dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 12.

Según precisó Ojeda, esa declinatoria “no se encuentra firme”, por lo que no produce efectos jurídicos. En consecuencia, todas las actuaciones realizadas en el fuero laboral mantienen plena validez.

La disputa por el fuero

El Gobierno nacional viene insistiendo en que la causa debe tramitar en el fuero contencioso administrativo, y en esa línea informó en el expediente la existencia de una inhibitoria dictada por otro juzgado.

Sin embargo, el magistrado laboral aclaró que esa resolución aún no fue aceptada ni rechazada por su tribunal, y que el plazo legal para pronunciarse sigue vigente. Por lo tanto, no hay un desplazamiento de competencia que altere el curso del proceso.

La postura de Ojeda implica, en los hechos, un freno a la estrategia oficial de cambiar de fuero y, eventualmente, acelerar una definición a través de la Corte Suprema.

Cautelar vigente y proceso en marcha

A partir de esta interpretación, el juez ratificó que todas las actuaciones procesales desarrolladas hasta el momento son válidas, incluida la medida cautelar que mantiene suspendidos puntos centrales de la reforma laboral.

El carácter colectivo del expediente le da un peso adicional a la decisión, ya que los fallos que se dicten tendrán efecto erga omnes, es decir, alcanzarán a todos los trabajadores, empresas y organizaciones sindicales involucradas.

De este modo, el tribunal evitó que el proceso se paralice automáticamente por la sola existencia de una inhibitoria aún no firme y garantizó la continuidad del trámite judicial.

Una causa de alto impacto

La demanda fue impulsada por la CGT en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, que habilita las acciones colectivas, y cuestiona la constitucionalidad de diversos aspectos de la reforma laboral.

El expediente se encuentra inscripto en el Registro Público de Juicios Colectivos y cuenta con una medida cautelar —y su posterior rectificatoria— publicadas en el Boletín Oficial.

En ese marco, Ojeda también dispuso medidas complementarias para ordenar el proceso, entre ellas la citación de entidades representativas del sector empleador como terceros interesados.

No obstante, aclaró que cualquier suspensión del trámite será únicamente a los efectos de integrar a esas partes, sin afectar la validez de lo ya actuado.

Así, mientras la disputa por la competencia sigue abierta y el Gobierno insiste en llevar el caso a la Corte, el fuero laboral mantiene el control del expediente y la reforma continúa parcialmente frenada por decisión judicial.

 

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