Esta semana, el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y las principales cámaras empresarias representativas de la flota tangonera congeladora firmaron una acta acuerdo destinada a reordenar el régimen salarial aplicable al sector. El corazón del entendimiento, aseguraron en el entorno del gremio, está en la modificación del modo de liquidar el sueldo proporcional por producción. Desde la entrada en vigencia del acta, ese rubro se calculará “sobre el tonelaje neto de langostino congelado descargado, sin incluir el peso de envases ni agua”. A ese volumen se le aplicarán valores por tonelada definidos en los anexos del documento, según tamaño, presentación y precio promedio de exportación. El resultado será convertido a pesos al 90 por ciento del dólar billete tipo comprador del Banco Nación, correspondiente al día de la descarga efectiva o al día de finalización de la descarga.
La redacción del acta deja asentado que el sector atraviesa “un escenario de costos, competencia externa y precios internacionales que exige una base distinta para la campaña”. Las partes reconocen que la pesca de langostino congelado a bordo “opera hoy con ventanas de apertura y cierre más acotadas que en años anteriores, con volúmenes de captura y referencias comerciales que ya se apartan de los supuestos utilizados en los convenios vigentes”. Por eso, el entendimiento busca “adaptar la remuneración embarcada a la productividad real y al comportamiento de los mercados, sin separar ese cálculo de las condiciones internacionales que determinan el ingreso final de la actividad”.
El entendimiento fue firmado por los representantes del SOMU y la Cámara Argentino Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP), la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPeCA) y el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA), y fija un mecanismo particular para la liquidación del sueldo proporcional por producción en los buques dedicados a la captura de langostino con tangones y procesamiento a bordo. El documento fue suscripto por Raúl Omar Durdos, secretario general del SOMU; Ángel Juan Navarro, secretario de Pesca del sindicato; Agustín de la Fuente, presidente de CAPIP; Eduardo Saravi, apoderado de CAPeCA; y María Fernanda Grimaldi, apoderada de CEPA.
Detalles del acuerdo
El acta alcanza a todo el personal de marinería, maestranza y auxiliar de factoría que trabaja a bordo de buques congeladores con procesamiento a bordo, dedicados a la pesca de langostino con tangones, de pabellón nacional y con puerto de operaciones dentro del territorio argentino. Su aplicación queda restringida a la flota langostinera tangonera congeladora, según surge de la primera cláusula, y modifica los convenios colectivos CCT 729/2015, CCT 486/07 BIS y CCT 579/10 en todo aquello que resulte tratado de manera específica por este nuevo instrumento.
La vigencia comienza con la rúbrica del acuerdo y se extenderá hasta la renovación de los convenios colectivos mencionados. El texto incorpora automáticamente las modificaciones al régimen convencional y establece que las partes deberán negociar un nuevo convenio colectivo, con inicio previsto en diciembre de 2026 y conclusión estimada, como plazo máximo, en octubre del año siguiente. Esa cláusula convierte al acta en una solución operativa inmediata y, al mismo tiempo, en un puente hacia una discusión convencional más amplia.
Reglas claras
El acuerdo sustituye “las reglas previas vinculadas con la liquidación del sueldo proporcional por producción en la flota alcanzada”. De manera expresa, deja sin efecto cualquier otra cláusula, condición o artículo que refiera a la forma de liquidar ese rubro, incluido el tipo de cambio, el porcentaje de participación y los valores de referencia. A la vez, conserva la vigencia del resto de los convenios en todos los aspectos que el acta firmado ahora no modifica.
La lógica económica del entendimiento es precisa: “si el mercado internacional mejora, la referencia salarial acompaña la mejora; si el precio externo se mueve dentro de bandas previstas, el cálculo queda ordenado por tablas previamente aceptadas”. El acta incorpora, además, una actualización mensual de los valores a partir de los datos de exportación de los últimos tres meses informados por la Dirección Nacional de Aduana. Ese punto es uno de los ejes más relevantes del acuerdo, porque vincula la remuneración de la tripulación con datos comerciales verificables y con una pauta de revisión periódica.
En el plano sectorial, el acuerdo aparece diseñado para evitar un nuevo escenario de parálisis o conflicto en una pesquería de fuerte gravitación exportadora. El texto menciona expresamente la necesidad de preservar la competitividad, asegurar la subsistencia de las armadoras tangoneras y sostener los puestos de trabajo generados tanto para el embarque efectivo como para el sistema que acompaña la actividad. La fórmula elegida intenta estabilizar el arranque de campaña con una arquitectura salarial específica para una flota que combina altos costos operativos, dependencia de mercados externos y fuerte exposición a la evolución del precio internacional.