El escandaloso robo del Fondo de Asistencia Laboral

A partir de datos oficiales y estimaciones propias, el abogado Daniel Ghiraldo sostiene en esta columna que el régimen transferirá recursos millonarios desde el sistema previsional hacia fondos privados administrados por las empresas, beneficiando especialmente a las grandes compañías en detrimento de los trabajadores y las PyMEs.

¿DE QUÉ MAGNITUD SERÁ EL ROBO?

Según el último informe SIPA disponible, correspondiente a marzo de 2026, el empleo asalariado registrado del sector privado alcanzó los 6.188.400 trabajadores. A su vez, el mismo informe informa una remuneración bruta promedio de $2.207.129 para los asalariados registrados del sector privado.[1]

Por otra parte, estudios elaborados por la Universidad del CEMA (UCEMA) indican que, a abril de 2025, existían 515.599 PyMEs registradas, las cuales representaban aproximadamente el 98% del total de las firmas empleadoras del país. Dicho estudio concluye asimismo que las PyMEs generan aproximadamente el 50% del empleo asalariado registrado, mientras que el restante 50% corresponde a grandes empresas.

No obstante ello, las PyMEs explican únicamente el 35% de la masa salarial formal total, mientras que las grandes empresas concentran el 65% restante. Esta diferencia obedece a que, según el mismo estudio, el salario promedio abonado por una PyME equivale aproximadamente al 54% del salario promedio abonado por una gran empresa.[2]

Tomando como base los datos oficiales del SIPA, la masa salarial bruta mensual correspondiente al empleo asalariado privado registrado puede estimarse en aproximadamente $13,66 billones mensuales. Aplicando la distribución de la masa salarial formal informada por UCEMA, puede estimarse que las PyMEs concentran alrededor de $4,78 billones mensuales, mientras que las grandes empresas concentran aproximadamente $8,88 billones mensuales.[3]

La Ley N.º 27.802 creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y estableció que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas deberán efectuar una contribución equivalente al 2,5% de la masa salarial bruta correspondiente a sus trabajadores, mientras que las restantes empresas deberán aportar el 1% de dicha masa salarial.[4] Posteriormente, el Decreto N.º 408/2026 reglamentó el funcionamiento de dicho fondo y estableció el mecanismo operativo para su implementación.[5]

Asimismo, la Ley N.º 27.802 y su reglamentación prevén que los empleadores puedan detraer de las contribuciones patronales destinadas al sistema de seguridad social una suma equivalente a la contribución efectivamente ingresada al Fondo de Asistencia Laboral.

Sobre la base de los datos precedentemente expuestos, puede estimarse que las PyMEs aportarían aproximadamente $119.513 millones mensuales al FAL (2,5% sobre una masa salarial estimada de $4,78 billones), mientras que las grandes empresas aportarían aproximadamente $88.781 millones mensuales (1% sobre una masa salarial estimada de $8,88 billones).

En consecuencia, la implementación del régimen podría implicar una reducción de hasta aproximadamente $208.294 millones mensuales en los recursos que, de otro modo, ingresarían al sistema de seguridad social a través de contribuciones patronales, los cuales pasarían a integrar los Fondos de Asistencia Laboral previstos por la Ley N.º 27.802.

Expresado en términos anuales, ello representa aproximadamente $2,5 billones por año.

UNA MULTIPLICIDAD DE ESCÁNDALOS

Luego de analizar la magnitud económica que tendrá el Fondo de Asistencia Laboral, corresponde preguntarse quiénes serán los beneficiarios reales de este sistema y quiénes cargarán con sus costos.

¿Pero qué son esas contribuciones patronales? Son los fondos que financian las jubilaciones, las pensiones, las asignaciones familiares, las prestaciones por desempleo, el PAMI y, en definitiva, todo el sistema de protección social construido para proteger a los trabajadores frente a las contingencias de la vida.

EL PRIMER ESCÁNDALO

Consiste en que una porción de esos recursos dejará de ingresar a la seguridad social para pasar a integrar fondos privados administrados a nombre de cada empleador. Es decir, dinero que antes fortalecía cajas comunes destinadas a sostener jubilados, pensionados, desempleados y beneficiarios de la seguridad social será transferido a cuentas individualizadas pertenecientes a las empresas, susceptibles de ser capitalizadas y administradas financieramente con el único propósito de financiar despidos arbitrarios.

EL SEGUNDO ESCÁNDALO

Es el impacto económico que esta decisión tendrá sobre la seguridad social.

Según las estimaciones efectuadas anteriormente, la implementación del FAL podría implicar una reducción aproximada de $208.294 millones por mes, lo que equivale a alrededor de $2,5 billones por año.

Se trata de una cifra gigantesca.

Mientras se repite permanentemente que no hay recursos suficientes para mejorar las jubilaciones, recomponer haberes previsionales o fortalecer las prestaciones sociales, se adopta una medida que va profundizar el desfinanciamiento del propio sistema previsional y de los subsistemas que integran la seguridad social.

EL TERCER ESCÁNDALO

Otro aspecto que tampoco puede pasarse por alto.

Los beneficiarios de este esquema claramente no serán los trabajadores ni las Pymes. Una parte importante de los beneficios quedará en manos de las entidades financieras encargadas de administrar estos fondos, que percibirán comisiones por su gestión y obtendrán acceso a un volumen extraordinario de recursos provenientes de los aportes de todo el sistema.

EL CUARTO ESCÁNDALO

El régimen tampoco beneficiará por igual a todas las empresas.

Tomemos el caso de un trabajador comprendido en el CCT 130/75 de Empleados de Comercio, categoría Vendedor "A", con quince años de antigüedad y una remuneración bruta de $1.556.851. En caso de ser despedido sin causa, la indemnización total ascendería aproximadamente a $28.339.013.

Una PyME con cinco trabajadores que aporte durante seis meses al FAL acumularía apenas $1.167.638.

Luego de seis meses de aportes, esa empresa sólo tendría cubierto el 4,12% del costo de despedir a un único trabajador con quince años de antigüedad.

Por el contrario, una empresa con 17.000 trabajadores podría acumular aproximadamente $1.587.988.020, permitiéndole financiar más de 56 despidos de trabajadores con quince años de antigüedad.

EL QUINTO ESCÁNDALO

Pero el problema no se agota en el desfinanciamiento de la seguridad social, en la creación de un nuevo negocio financiero o en las ventajas que el sistema otorga a las grandes empresas.

Desde la perspectiva de los trabajadores y trabajadoras, este régimen amenaza con vaciar de contenido una de las garantías más importantes consagradas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional: la protección contra el despido arbitrario.

La indemnización por despido cumple una doble función:

  • Reparar al trabajador.
  • Desalentar despidos arbitrarios.

Es precisamente esta función disuasiva la que resulta severamente afectada por el nuevo sistema.

La consecuencia trasciende ampliamente el problema del despido. Un trabajador que sabe que su empleador puede despedirlo con facilidad se encuentra en una posición mucho más débil para reclamar el pago de horas extras adeudadas, exigir vacaciones, denunciar irregularidades o reclamar condiciones dignas de trabajo.

Por ello, la discusión no se limita a determinar quién financia una indemnización. Lo que está en juego es la eficacia misma del sistema protectorio diseñado para dar cumplimiento al mandato constitucional de protección contra el despido arbitrario.

Por lo que, en resumidas cuentas, el escándalo del FAL es un escándalo de proporciones mil veces más inmensas que el escándalo con el que hoy nos entretienen de ministros del gobierno de Milei que no pueden justificar sus gastos.

Mientras a los jubilados se les dice que no hay plata, una parte de los recursos que hoy sostienen la seguridad social dejará de ingresar a las cajas públicas para pasar a fondos privados administrados por entidades financieras.

Las financieras ganan un nuevo negocio, las grandes empresas obtienen fondos cada vez más robustos para financiar despidos y el sistema de seguridad social pierde recursos millonarios.

Al mismo tiempo, se debilita una de las principales herramientas que históricamente tuvo el derecho laboral para desalentar despidos arbitrarios y equilibrar la desigual relación de fuerzas entre empleadores y trabajadores.


Notas

[1] Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Situación y evolución del trabajo registrado (SIPA).

[2] Universidad del CEMA (UCEMA). Indicadores PyME.

[3] Estimación propia elaborada sobre la base de las fuentes citadas.

[4] Congreso de la Nación Argentina. Ley N.º 27.802 de Modernización Laboral. Boletín Oficial de la República Argentina.

[5] Poder Ejecutivo Nacional. Decreto N.º 408/2026. Reglamentación del Título II – Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

 

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