Desde la CGT aseguran que “es positivo” el rechazo del per saltum de la Corte Suprema de Justicia

Desde el equipo legal de la central obrera aseguraron que la decisión del máximo tribunal de no pronunciarse respecto de la Ley de Modernización laboral consolida su estrategia, que busca declararla inconstitucional.

Viernes, 08 de mayo de 2026 09:37

Pese a una serie de fallos adversos que tuvieron lugar en los últimos días, la estrategia judicial de la CGT para declarar inconstitucional la reforma laboral sigue avanzando, dicen desde Azopardo. Es que la reciente decisión de la Cortes Suprema de Justicia de rechazar el pedido de per saltum elevado por el gobierno nacional fue calificado como “positivo” por el equipo legal de la central obrera, y considerado “un aval” a la estrategia que viene llevando adelante contra la normativa.

Pablo Topet,  abogado que lidera el equipo jurídico de la CGT,  explicó en declaraciones al diario Tiempo Argentino que el escenario que se abre ahora “es bueno”.” Es una decisión de la corte que considera que no hay una cuestión de gravedad institucional para que ella intervenga. Desde esta perspectiva es positivo”, resaltó. Además, consideró que “no resuelve algo que el gobierno la había pedido que resolviese que es revocar la medida cautelar. Eso también es bueno”.

El letrado adelantó que “lo que está pidiendo y aguardando la CGT es que la Cámara Laboral, luego de resolver las recusaciones, resuelva lo que el juez de primera instancia la había solicitado y que nosotros, por nuestra parte, también, que era que resolviese la cuestión de competencia. Si la Cámara laboral resuelve asumir competencia se generaría un conflicto de competencia positiva con la Cámara Contencioso Administrativo Federal que ya lo resolvió. Ahí debería resolver la Corte la cuestión de competencia”.

Carrera legal

Los sucesivos fallos que se produjeron en las últimas semanas representaron un revés para la central que preveía que una decisión del Tribunal Suprema en favor de ese recurso implicara “un mayor retroceso” y un mayor aval a la inhibitoria para que le diferendo fuera definido por el juzgado de primera instancia n° 63 de Raúl Ojeda.

Sobre este punto Topet explicó que “a nadie le resultaría atendible llevar un auto para arreglar a un carpintero, menos plausible aún sería ir a un oftalmólogo para atender una fractura, o requerirle a un penalista asesoramiento a propósito de una un conflicto de medianería”. Más filoso, indicó que “quizás ello explique por qué los programas de televisión no convocan a abogados o jueces especializados en derecho administrativo para explicar cómo se puede contribuir a la formalización del empleo en nuestro país, las razones de la litigiosidad, cómo se podría “modernizar” la legislación laboral o las razones por las que se debería restringir el derecho de huelga”.

Fuero especializado

Por último adelantó que “nosotros planteamos que esto lo debe resolver un fuero especializado. Magistrados que tengan una versación en materia laboral que es exactamente lo que sostuvo el fiscal general ante el cámara contencioso administrativa federal”.

El fallo de la Corte Suprema fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes consideraron que no estaban dados los requisitos excepcionales previstos en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial para habilitar un “salto de instancia”. Según remarcaron los jueces, no se verificó una situación de gravedad institucional que justificara omitir el paso por las instancias inferiores.