Por el despido de una trabajadora embarazada, la Justicia ordenó retener el 20% de su recaudación diaria de un supermercado de capitales chinos de la localidad bonaerense de San Pedro.
Tras su cesantía, la empleada decidió efectuar el reclamo ante el fuero laboral, que falló a su favor y ordenó a los dueños del comercio denominado Supermercado 18, instalado en la calle Lucio Mansilla al 600, al lado de la nueva terminal de ómnibus, pagarle la indemnización.
No obstante, la firma hizo caso omiso a la orden judicial, por lo que la representante legal de la mujer, Alejandro Breitburg, exigió una media que tiene pocos precedentes: intervenir directamente en la línea de cajas hasta que los propietarios salden de una vez por todas la deuda millonaria que mantienen con la empleada.
La postura del supermercado
Precisamente fue el Juzgado Laboral N º3 de la ciudad de San Nicolás que ordenó retener el 20% de la recaudación diaria con el objetivo de que salden el monto de la compensación correspondiente.
Se trata de una causa que comenzó en enero de 2020, cuando la mujer fue despedida mientras cursaba un embarazo, lo que desató un conflicto con la normativa laboral vigente.
Finalmente, la trabajadora demostró que su expulsión se hizo contrario a la reglamentación, ganó el juicio hace dos años, precisamente el 12 de abril de 2022, pero la firma se negó a cumplir con la sentencia. Tenía que abonar $1.098.429, 90.
Ante el poco apego de las leyes, la Justicia ordenó que el 20% de las las ganancias que coseche a diario vaya a los bolsillos de la afectada. Pero no tendrá que cubrir ese valor, sino el triple, debido a las actualizaciones, cosas e intereses del proceso.
Más irregularidades
La empleada, que se desempeñaba como cajera, comenzó con tareas laborales en la empresa en octubre de 2017, cobraba un sueldo de 13 mil pesos y tenía una jornada de entre 8 y 10 horas de lunes a lunes. Aunque estaba registrada por media jornada y en su recibo figuraba que percibía más de $38.000.
El Tribunal comprobó que existía una relación laboral, pero la empresa ignoró todo el proceso judicial, ya que ni siquiera se presentó a la audiencia citada por el Ministerio de Trabajo al mes de haberse producido de “palabra”.
Cabe destacar que si se aplicara la reforma laboral habilita que, en ciertas sentencias judiciales, las indemnizaciones puedan pagarse en hasta 12 cuotas para pymes o personas físicas, y hasta 6 cuotas para grandes firmas o multinacionales. Asimismo, el cambio de legislación plantea que el Banco Central de la República Argentina habilitará una calculadora oficial para que se apliquen estos nuevos parámetros en juicios laborales por indemnizaciones.