Crisis en SanCor: la Justicia ordenó una coadministración por incumplimientos laborales y falta de información

En el marco del concurso preventivo, un juez de Rafaela dispuso la intervención parcial de la cooperativa láctea y designó un coadministrador judicial ante salarios adeudados, denuncias previsionales y graves falencias informativas que ponen en riesgo el proceso concursal.

Viernes, 02 de enero de 2026 10:45

La Justicia Civil y Comercial de Rafaela dispuso la intervención parcial de la cooperativa láctea SanCor, en el marco de su concurso preventivo, y ordenó la designación de un coadministrador judicial ante la acumulación de incumplimientos laborales, previsionales y fiscales, además de la falta de información clave sobre la situación real de la empresa.

La resolución fue firmada el 29 de diciembre por el juez Marcelo Germán Gelcich, a cargo del Juzgado Civil y Comercial de la 4ª Nominación, tras un pedido formulado por la Sindicatura y el Comité Provisorio de Control (CPC).

La medida tendrá un plazo inicial de 60 días, prorrogables, y no implica el desplazamiento total de las autoridades de la cooperativa, aunque limita de manera estricta su capacidad de decisión.

Salarios adeudados y denuncias previsionales

Entre los fundamentos del fallo, el magistrado ponderó la crítica situación laboral que atraviesa la empresa. Según consta en el expediente, SanCor CUL (Cooperativas Unidas Limitada) adeuda salarios desde junio de 2025, no abonó la totalidad de los haberes de los meses posteriores y tampoco pagó la primera ni la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente al presente año.

En ese contexto, más de 300 trabajadores enviaron telegramas de intimación en las últimas semanas, que se suman a otros 3.800 reclamos remitidos desde la apertura del concurso preventivo, sin que la empresa haya dado respuesta.

El CPC también denunció la emisión de recibos de sueldo apócrifos, con montos que no se acreditan en las cuentas salario y con una registración irregular de conceptos no remunerativos, situación que podría configurar evasión de aportes a la seguridad social.

El fallo menciona además el procesamiento de exdirectivos de la cooperativa en una causa penal federal por presunta apropiación indebida de recursos previsionales, vinculada a la retención y no depósito de aportes.

Falta de información y riesgo concursal

Otro de los ejes centrales de la resolución es la reticencia informativa” de la concursada. La Sindicatura advirtió reiteradas omisiones en la entrega de documentación esencial para evaluar la evolución económica y productiva de SanCor.

Entre los datos faltantes se encuentran informes sobre el funcionamiento de las plantas, contratos de elaboración y comercialización con terceros, niveles de producción, stock y capacidad instalada, lo que dificulta el control judicial del proceso concursal.

El juez sostuvo que esta conducta viola el deber de colaboración impuesto por la Ley de Concursos y Quiebras y advirtió que la generación sostenida de pasivos posconcursales podría derivar, de persistir, en un pedido de quiebra.

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Qué implica la coadministración

La medida dispuesta no implica una intervención total, pero establece que ningún acto con efectos patrimoniales o contables podrá realizarse sin la firma conjunta del coadministrador judicial. Sin esa intervención, los actos serán considerados nulos.

El coadministrador será un profesional con experiencia en sindicatura concursal y contará con hasta seis auxiliares —abogados, contadores, técnicos en lechería, ingenieros o informáticos— para auditar la empresa en tiempo real.

Tendrá facultades para ingresar a todas las plantas, requerir documentación, solicitar auxilio de la fuerza pública y presentar un plan de trabajo ante el juzgado. Sus honorarios estarán a cargo de la cooperativa y serán equivalentes a los de un gerente general.

El objetivo de fondo

En el fallo, el juez Gelcich subrayó que la intervención busca proteger a los acreedores, a los trabajadores y al interés general, y garantizar que la empresa actúe con transparencia durante el concurso preventivo.

La resolución remarca que el sistema concursal no persigue la desaparición de las empresas, sino su recuperación cuando existe un interés social relevante, como ocurre en el caso de SanCor por su volumen productivo y la cantidad de empleo que genera.