Podrían condenar por primera vez penalmente a un acusado de maltrato laboral y recibiría una pena que va entre 3 y 15 años de prisión

La Cámara 4ª del Crimen de la ciudad de Córdoba podría condenar esta tarde a Federico Rossini, supervisor de la empresa Impresso S.R.L., acusado de haber maltratado y acosado laboralmente a la empleada Alicia Moyano, delito conocido también como mobbing.

Por Redacción

08 de junio de 2022

La Cámara 4ª del Crimen de la ciudad de Córdoba podría condenar esta tarde a Federico Rossini, supervisor de la empresa Impresso S.R.L., acusado de haber maltratado y acosado laboralmente a la empleada Alicia Moyano, delito conocido también como mobbing.

El querellante Pedro Despouy destacó que se trata "del primer caso en el país y en Córdoba sobre lesiones gravísimas, agravadas por placer, en un contexto de mobbing y violencia de género. Hablamos de un acoso laboral, un hostigamiento perverso por parte del supervisor de una empresa en relación a la víctima que estoy representando", sostuvo.

En diálogo con Radio Universidad, el letrado indicó que el acusado debe ser condenado. "Creemos, y esto lo digo con total objetividad, con apoyo en las pruebas que hay en el expediente, que la conclusión de todo esto sería o debería ser una sentencia condenatoria"

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Además, Despouy señaló que hay "una serie de testimonios, pericias oficiales psicológicas que dan cuenta en definitiva de estas lesiones gravísimas psíquicas producidas en la víctima y de que estas lesiones provienen indudablemente el acoso laboral, por lo tanto, en base a la prueba, no puede haber otra consecuencia que una sentencia condenatoria con pena de prisión que puede ir de 3 a 15 años".

Cabe recordar que el fiscal que instruyó la causa, Horacio Vázquez, determinó que la víctima era acosada psicológica y laboralmente “de manera ininterrumpida y sistemática” con el propósito de que renunciara a la empresa, “a sabiendas del significado pernicioso del acoso y con intención de causar un daño en la salud física y psíquica, abusando de su superioridad jerárquica, mediante un trato grosero, agresivo, manipulador, vejatorio y humillante, basado en el terror y la persecución laboral”.

Vázquez también consideró que hubo “acercamientos físico constantes a la manera de asecho”, “tocamientos del cabello y hombros en forma de masajes”, “golpes a elementos de trabajo y gritos”.

El inédito caso que podría hacer historia

Alicia Moyano, de 48 años, denunció haber sufrido hostigamientos que le dejaron graves secuelas en su salud entre marzo y agosto de 2008, mientras trabajaba en la firma Impresso S.R.L.

En un principio, además de Rossini, también estaba imputado el dueño de la empresa, Edmundo José Bocca, por no haber hecho nada para impedir el acoso. Sin embargo, en 2021 el empresario firmó un acuerdo conciliatorio de reparación con la mujer, en el que el hombre reconoció el daño psíquico y físico que sufrió la víctima por el acoso laboral que se le atribuye a Rossini.

En ese momento, Despouy sostuvo que el acuerdo "podría implicar un eventual sobreseimiento para Bocca, porque su situación procesal así lo permitiría”.

En tanto, la víctima indicó en diálogo con La Voz que su objetivo no es causar más daño, sino sentar un precedente que pueda evitar que otras personas atraviesen por las tremendas circunstancias que tuvo que pasar ella. “Estoy por cumplir 48 años y me doy cuenta que esto está naturalizado, pero es algo que no se puede naturalizar, no nos podemos acostumbrar a estas cosas. Se sufre muchísimo”, dijo la mujer.

“No implica que un jefe no pueda llamarle la atención a un empleado, implica que eso debe hacerse con altura, con respeto y con ética. Un buen jefe no es aquel que grita o descalifica, sino el que acompaña. Él (por Rossini) disfrutaba de lo que hacía, sentía placer”, contó.

La violencia que padeció le hizo mella en su autoestima: “También sucede que estas personas te hacen creer que tienen razón y que sos lo que ellos dicen que sos, y que no servís para nada”, contó Moyano.

Lo inédito en este caso, que podría generar jurisprudencia, es que pasó del fuero laboral al penal, ya que la mujer había ganado un juicio laboral, pero decidió seguir adelante y pasar al penal.

“Es novedoso que un caso de mobbing laboral tan grave, nutrido por un contexto de violencia de género, sea abordado desde el derecho penal como el delito de lesiones gravísimas”, sostuvo Despouy.

Para el abogado, es fundamental que se tome consciencia acerca de las implicancias de las lesiones psíquicas y concientizar sobre el acoso laboral, muchas veces naturalizado.

“El supervisor le decía ‘acá tengo tu telegrama de despido’, ‘no servís para nada’, ‘muerta de hambre’, muchas cosas que tienen que ver con la perspectiva de género. La clave es no mirarlo como hechos aislados, sino como una acción sistemática y continua durante meses”, apuntó el querellante Despouy, e indicó que las pericias realizadas a la víctima hablan de daños irreversibles. “Llegaban los domingos, y ella entraba en pánico de pensar que tenía que volver a trabajar el lunes”, sostuvo.

“Yo creo que este caso sienta un precedente importantísimo para que los acosadores (mobber) tomen conciencia de las consecuencias que puede dejar el hostigamiento laboral, y que sepan que puede llegar a la Justicia penal. Una condena en este caso tendría efecto ejemplificador y preventivo”, indicó el letrado.

En Córdoba existe un proyecto de ley para detener el maltrato laboral

En Córdoba, la legisladora provincial del MST en el Frente de Izquierda Unidad, Luciana Echevarría, presentó un nuevo proyecto de ley contra la violencia laboral. La iniciativa, elaborada por el abogado laboralista y trabajador de la empresa de energía EPEC, Carlos Cafure, cuenta con la adhesión de más de 20 organizaciones sindicales nacionales y locales y fue elevada la semana en octubre a la Unicameral provincial y está a la espera de su tratamiento.

La propuesta además cuenta con el apoyo de organizaciones religiosas, el Defensor del Pueblo de la provincia de Córdoba y además fue declarado de interés general por ocho facultades de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC).

Según Cafure, la iniciativa se elaboró en base al proyecto de Ley provincial 18973/2016 contra la violencia laboral que fuera presentando en el año 2016 por el entonces legislador Ezequiel Peressini y que también era de su autoría.

“Tiene como objetivo establecer un procedimiento administrativo para abordar, prevenir, controlar y sancionar la violencia laboral ejercida contra trabajadoras y trabajadores tanto del sector público como privado; así como brindar protección a los/las víctimas los/las denunciantes y/o testigos de los hechos”, detalló Cafure.

Por otra parte, considera violencia laboral a “toda agresión física, acoso sexual y acoso moral o psicológico, que se ejerza sobre una persona, dentro de su lugar de trabajo”, completó Cafure.

El proyecto establece que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Trabajo provincial, conforme “las facultades y procedimientos establecidos en la normativa de su competencia y la reglamentaria de la presente”.

Paralelamente, contempla la creación de la Oficina Contra La Violencia Laboral bajo la dirección de la cartera para la recepción de las denuncias, el seguimiento de los casos, la intervención en los mismos y la aplicación de sanciones y la diagramación de campañas de concientización y prevención.