Fallo histórico y freno a uno de los capítulos más polémicos de la reforma laboral de Milei: confirman que el derecho a huelga está protegido por convenios de la OIT

La Corte Internacional de Justicia de la ONU considero que la posibilidad de hacer paro por parte de los trabajadores es parte del trascendental Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La dirigencia sindical argentina festejó de decisión.

Jueves, 21 de mayo de 2026 16:04

En lo que es un hecho histórico para los derechos laborales, la Corte Internacional de Justicia de la ONU ratificó que el derecho a huelga “está protegido por el Convenio 87 sobre Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”. La resolución consolida “años de antecedentes de organismos internacionales” y refuerza uno de los derechos centrales de los trabajadores a nivel global. Esto tendrá repercusiones inmediatas en el país, ya que queda muy cuestionada la reforma laboral que impulsa el gobierno. “Una gran noticia para los trabajadores”, dijo sobre el avance el titular de la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadores Estatales (CLATE), Luis Fuentes. Otros dirigentes locales también festejaron la decisión.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), máximo tribunal de Naciones Unidas, emitió este jueves una opinión consultiva histórica en la que concluyó que el derecho a huelga está protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el tratado internacional sobre libertad sindical adoptado en 1948. El pronunciamiento responde a una consulta formal realizada por la propia OIT en medio de una larga disputa entre representantes sindicales y empresariales sobre si el convenio reconocía explícitamente ese derecho.

La CIJ sostuvo que, aunque el Convenio 87 no menciona expresamente la palabra "huelga", la protección surge de la interpretación integral del tratado, especialmente de los artículos vinculados a la libertad de asociación y a la facultad de los sindicatos de organizar sus actividades y programas. Según el tribunal, el derecho de huelga puede encuadrarse dentro de las "actividades" legítimas de las organizaciones sindicales y forma parte de la defensa de los intereses de los trabajadores. La Corte concluyó que: "La protección del derecho a huelga está comprendida dentro de la protección de la libertad sindical prevista por el Convenio 87". Sin embargo, el tribunal aclaró que su decisión no define el contenido exacto del derecho, ni sus límites o modalidades de ejercicio, cuestiones que continúan bajo regulación de las legislaciones nacionales y de otros mecanismos de la OIT.

Disputa

La disputa dentro de la OIT llevaba más de una década y enfrentaba principalmente a los representantes de los trabajadores y de los empleadores. Desde 2012, el conflicto derivó en una "crisis institucional" dentro del organismo internacional. El sector empresario cuestionó que los órganos técnicos de la OIT interpretaran que el Convenio 87 incluía el derecho a huelga, argumentando que solo la Corte Internacional de Justicia podía hacer una interpretación auténtica del tratado.

Los sindicatos, en cambio, defendían la postura histórica de los expertos de la OIT, que desde hacía décadas consideraban a la huelga como una herramienta esencial de la libertad sindical. Ante la falta de acuerdo interno, el Consejo de Administración de la OIT decidió elevar formalmente la consulta a la CIJ en noviembre de 2023. El fallo tiene un fuerte peso político y jurídico porque consolida, al máximo nivel del derecho internacional, el reconocimiento del derecho a huelga como parte de la libertad sindical. La Corte también destacó que distintos sistemas regionales de derechos humanos -europeo, interamericano y africano- ya reconocen de manera consistente el derecho a huelga como derivación de la libertad de asociación.

Festejo

Aunque la opinión consultiva no tiene el mismo carácter obligatorio que una sentencia entre Estados, sí fija un criterio interpretativo de enorme autoridad para tribunales nacionales, organismos internacionales y futuras discusiones laborales en todo el mundo. lo cierto es que desde la Argentina hubo festejos por la iniciativa. “Saludamos esta decisión de la Corte Internacional de Justicia. Es una gran alegría que se le dé la razón a las organizaciones sindicales internacionales y que se reconozca que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87. Es una gran noticia para los trabajadores y trabajadoras”, afirmó Fuentes, titular de CLATE.

También para el presidente de ALAL, Matías Cremonte, “se trata de una decisión muy importante para el movimiento sindical y para la clase trabajadora en general de todo el mundo”. “Los empleadores, desde el año 2012, planteando que el Convenio 87 no incluía el derecho de huelga y que no era un derecho garantizado por la OIT, obturaron cualquier discusión o denuncia de violaciones del ejercicio del derecho de huelga en cualquier país del mundo”, recordó. “Por eso, la oficina de la OIT consultó, hace dos años, a la Corte Internacional de Justicia, que hoy emitió su opinión, respondiendo afirmativamente. Es un golpe muy duro a la estrategia de los empresarios y una muy buena noticia para el movimiento sindical mundial”, finalizó Cremonte.

Por último, el titular de ATE Rodolfo Aguiar recalcó que “es histórico este fallo del Tribunal de la Haya en favor de los trabajadores”. “Acaban de definir que el derecho de huelga está comprendido en el Convenio 87 de Libertad Sindical con argumentos contundentes siguiendo toda la jurisprudencia y respaldando a sus órganos de control. Este debe ser un duro golpe para un gobierno que sistemáticamente actúa al margen de la ley y contra la Constitución Nacional, pretendiendo criminalizar el legítimo derecho a la protesta. Ustedes sigan rompiendo las leyes nomás, que van a terminar todos presos”, cerró en sus redes sociales.

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