La Secretaría de Trabajo de la Nación inició el procedimiento de convocatoria de partes patronal y sindical previsto en el Artículo 137 de la Ley de Modernización Laboral. Instándose a las partes a comenzar con la negociación colectiva, teniendo en consideración lo dispuesto por el Artículo 6° de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias. Concretamente, esta cláusula de la reforma laboral prevé que “en el plazo de un año contado desde la promulgación de la presente ley, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del Ministerio de Capital Humano, convocará a las partes legitimadas para negociar, y/o renegociar y/o ratificar las cláusulas de los Convenios Colectivos de Trabajo que estuvieran vencidos”. Los marítimos ya fueron notificados para ser de los primeros en sentarse a esta instancia.
La nueva normativa que rige las relaciones laborales, recientemente aprobada por el Congreso, estipula que “por petición de cualquiera de las partes legitimadas para negociar un Convenio Colectivo de Trabajo, cualquiera sea su nivel, cuyas cláusulas normativas se hallaren vigentes sólo por ultraactividad, la autoridad administrativa del trabajo podrá decretar la suspensión de los efectos del acto de homologación cuando se alegare y demostrare sumariamente que su aplicación genera distorsiones económicas graves que afecten el interés general o la aplicación de otras normas dictadas en protección de toda o parte de la población”.
En tales condiciones, “la suspensión podrá ser decretada hasta tanto concluya su cometido la comisión paritaria de negociación del nuevo convenio colectivo”, fijo uno de los puntos clave de la reforma puesta en marcha.
Rubro por rubro
En el ámbito de la actividad pesquera hay diferentes convenios colectivos ya vencidos y que deberán ser revisados por las partes. Rubros marítimos, portuarios y de la alimentación están entre los agendados por la cartera laboral nacional para iniciar su renegociación durante este segundo semestre de 2026. Cabe recordar también que en las recientes negociaciones paritarias salariales entre las cámaras pesqueras y gremios marítimos, se incluyeron cláusulas en que se pautó avanzar en negociaciones colectivas para rediscutir condiciones laborales.
Los convenios colectivos de trabajo, como el 356/03 del SOMU, deberán ser revisados y acordar nuevos parámetros. En mayo pasado, las cámaras empresariales (CAPIP, CAPeCA y CEPA) y el SOMU llegaron a un acuerdo paritario para destrabar la temporada de langostino. En dicho acuerdo, se estableció que deberá redactarse un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), reemplazando así los convenios tradicionales, con fecha de negociación antes que termine 2026 y con fecha límite para finalizarlo antes de octubre de 2027. Lo mismo ocurrirá con conductores navales, y otros sindicatos de la actividad marítima y portuaria; al tiempo que los gremios que representan al personal de las plantas de procesamiento también deberán volver a discutir el marco de sus relaciones laborales.
Ultraactividad
La iniciativa del Ejecutivo, impulsada a través de la Secretaría de Trabajo, apunta a actualizar las relaciones laborales en sectores estratégicos de la economía y abre una nueva etapa de negociación entre empleadores y gremios, en medio de un debate sobre los alcances de los cambios introducidos por la normativa.
La medida se apoya en el fin de la ultraactividad, el mecanismo jurídico que permitía que los convenios continuaran vigentes de manera automática mientras no se firmara uno nuevo. De acuerdo con las versiones, este cambio habilitó a la Secretaría de Trabajo a avanzar con el envío de unas 800 notificaciones de revisión a distintos sectores de la actividad económica.