Triunfo de los gremios de la marina mercante: Diputados derogó el Régimen de Excepción

La cámara baja consiguió los números para rechazar el DNU 340, que creaba este mecanismo laboral, que permitía contratar a tripulación extranjera, entre otras cuestiones. Además limitaba el derecho a huelga de los trabajadores.

Jueves, 07 de agosto de 2025 11:44

En el marco de la sesión especial realizada ayer miércoles, los gremios de la marina mercante lograron un importante triunfo, al derogarse el DNU 340, que generaba varios cambios en el sector. Así, la cámara de Diputados rechazó el decreto cuestionado por 118 votos afirmativos, 77 negativos y 8 abstenciones. La iniciativa del gobierno de Javier Milei creaba un Régimen de Excepción para la contratación de tripulaciones, y declaraba la actividad esencial, limitando la posibilidad de realizar paros.

La polémica norma buscaba una profunda desregulación del sector de la Marina Mercante Nacional para, según los argumentos del Ejecutivo, mejorar su competitividad y evitar su "inminente desaparición". Pero los gremios lo cuestionaban por ser una “reforma laboral de hecho”. En la previa a la sesión de esta semana, consiguieron que varios artículos fueran declarados inconstitucionales, suspendiendo su aplicación. Ahora, se derogó definitivamente, lo que es un triunfo para el sector.

Según se supo, el decreto, ahora derogado, se enmarcaba en la Ley de Bases y Puntos de Partida y apuntaba a modificar leyes históricas como la Ley de Navegación y el Régimen de Cabotaje Nacional. A continuación, el detalle de los principales cambios que proponía la norma.

Detalles de la medida

Los puntos clave del DNU derogado son varios, entre ellos el llamado Cese Provisorio de Bandera, que creaba el Régimen de Excepción que permitía a los armadores argentinos solicitar un cese provisorio de la bandera nacional por hasta 10 años para inscribir sus buques en registros extranjeros más competitivos, sin perder la matrícula argentina. Además, se establecía la Flexibilización del Cabotaje: Permitía que buques de bandera extranjera pudieran realizar el transporte de cargas entre puertos argentinos (cabotaje) a través de un permiso renovable de 180 días, en caso de no haber embarcaciones nacionales disponibles.

Además, el DNU eliminaba la obligación de los armadores de contratar personal exclusivamente de las bolsas de trabajo de los gremios. El empleador podía contratar libremente a cualquier persona habilitada para la tarea. También le otorgaba a los armadores (y no a la autoridad estatal o a los gremios) la potestad de determinar el número de tripulantes necesarios para la explotación de un buque, con la Prefectura Naval fijando únicamente la dotación mínima de seguridad.

Derecho a huelga

Uno de los puntos más polémicos fue la declaración de servicio esencial de la marina mercante, que declaraba a la navegación y a todos los servicios portuarios como “servicio esencial”, lo que obligaba a garantizar una cobertura mínima del 75 por ciento en caso de huelga. Esto fue criticado por todos los sindicatos, que llevaron la discusión a la justicia, logrando dos fallos favorables.

En los considerandos del decreto, el Poder Ejecutivo justificaba la necesidad y urgencia de estas medidas argumentando que la Marina Mercante Nacional se encuentra en una "evidente tendencia a su disminución y un peligro latente de su total extinción". Sostenía que las operaciones de los buques con matrícula argentina tienen un costo hasta cuatro veces mayor que el promedio internacional, y afirmaba que en los últimos 34 años, el sector ha sufrido una merma operativa de más del 80 por ciento de su pabellón por falta de competitividad.