Daniel Ghiraldo sobre el fallo que suspende puntos clave de la reforma laboral: “Nos hace volver a confiar en la Justicia”

El abogado laboralista analizó la medida cautelar que, a pedido de la CGT, suspendió aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por el Gobierno. Destacó el freno a medidas que afectaban derechos individuales y colectivos, y aseguró que el fallo “nos hace volver a confiar en la Justicia”.

Viernes, 03 de abril de 2026 16:50

La reciente decisión judicial que suspendió aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei fue analizada en profundidad por Daniel Ghiraldo en su videocolumna para Data Gremial. El especialista destacó el alcance del fallo y remarcó su impacto en la defensa de los derechos laborales y sindicales.

La medida cautelar, solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y otorgada por el juez de primera instancia Ojeda, deja en suspenso varios artículos considerados regresivos para los trabajadores. Según explicó Ghiraldo, se trata de una resolución “completamente fundada en derecho”, con sustento en normas constitucionales y antecedentes de la Corte Suprema.

Los puntos más sensibles que quedaron suspendidos

Entre los aspectos más relevantes, Ghiraldo señaló la suspensión del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que generó fuerte rechazo en el movimiento obrero.

“El FAL iba a derivar fondos que deberían corresponder a los aportes jubilatorios y a las pensiones de los trabajadores a un nuevo fondo para que los empleadores puedan despedir a los trabajadores sin costo alguno”, explicó.

También quedaron sin efecto medidas vinculadas a la organización del tiempo de trabajo y el descanso, como el fraccionamiento de las vacaciones y la posibilidad de otorgarlas fuera del período estival.

A su vez, el fallo frena la implementación del banco de horas, una herramienta que —según advirtió— hubiera implicado en la práctica la eliminación del pago de horas extras, afectando directamente el salario de los trabajadores.

Indemnizaciones en cuotas y derechos vulnerados

Otro de los puntos cuestionados es la posibilidad de pagar indemnizaciones en cuotas, ya sea en seis o doce pagos. Para Ghiraldo, esta disposición atentaba contra un principio básico del derecho laboral.

“Se suspendió el pago de indemnizaciones en seis o 12 cuotas, cuestión muy controvertida que iba a perjudicar gravemente el patrimonio y los derechos de los trabajadores. No olvidemos que las indemnizaciones laborales son de carácter alimentario”, subrayó.

Defensa de la libertad sindical

El fallo también alcanza artículos que afectaban derechos colectivos, particularmente aquellos que limitaban la actividad sindical dentro de los lugares de trabajo.

En ese sentido, se suspendió la norma que obligaba a pedir autorización al empleador para realizar asambleas gremiales, incluso permitiéndole definir su duración y los participantes.

Para Ghiraldo, este punto representaba una clara restricción a la libertad y la democracia sindical.

Un fallo con respaldo constitucional

En su análisis, el especialista destacó que la resolución judicial se apoya en argumentos constitucionales y convencionales, además de citar antecedentes de la Corte Suprema como el "fallo Vizzoti", un precedente clave de 2004 que estableció que el tope indemnizatorio por antigüedad (art. 245 LCT) no puede reducir la base salarial del trabajador en más de un 33%

Sin embargo, advirtió que se trata de una decisión de primera instancia, por lo que aún puede ser apelada y revisada en instancias superiores, lo que abre un escenario de incertidumbre sobre su continuidad.

 “Volver a confiar en la Justicia”

Más allá del recorrido judicial que pueda tener el caso, Ghiraldo puso el foco en el valor institucional del fallo.

“Es un fallo de primera instancia, todavía no está todo dicho, puede darse vuelta en cámara, puede ir al Tribunal Superior de Justicia o a la Corte Suprema de Justicia y suspenderse los efectos de este fallo”, explicó.

Pero cerró con una definición contundente que resume el impacto del pronunciamiento: “Más allá de eso es un fallo que nos hace volver a confiar en la justicia y en que hay jueces que todavía están dispuestos a defender nuestra Constitución Nacional”.