Un total de 18 integrantes de comunidades originarias de Santa Victoria, Salta, víctimas de un caso de trata de personas con fines de explotación laboral, recibirán una importante reparación económica, luego de que el juez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, miembro de la Cámara Federal de Apelaciones de esa provincia, homologó el acuerdo de resarcimiento, considerado por la Justicia como un fallo sin precedentes.
El convenio establece el pago de un total de 36 millones de pesos, más ajuste de $500.000 por inflación, que será dividido en partes iguales por las víctimas que eran obligadas a trabajos forzosos bajo régimen de servidumbre. En el compromiso formalizado el 23 de junio, los pagos quedaron establecidos de manera escalonada y deberán completarse en un plazo de 90 días.
No solamente eso, el imputado por el delito, Jesús Isauro Erazo, dio su palabra de realizar tareas comunitarias durante seis meses. Precisamente, deberá cumplir cuatro horas semanales de trabajo en un hogar de ancianos de Tartagal, realizando labores de limpieza y acompañamiento de personas mayores. La inclusión de este “enlace comunitario” fue sugerida por el juez como condición para reforzar el sentido de responsabilidad social del acusado.
La fiscal federal Lucía Orsetti, a cargo de la Sede Descentralizada de Tartagal, expuso los términos de la reparación y los elementos que fundamentaron la salida alternativa. A su postura adhirieron el defensor público de víctimas, Nicolás Escandar, y el abogado del imputado, Juan Martín Crosa, quien manifestó la conformidad de su defendido con las condiciones impuestas.
Aprovechamiento
Son numerosos los cargos que se la acusaron a Erazo y los cuales lograron comprobarse durante la investigación judicial. Lo encontraron como autor del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, en su modalidad de captación, traslado y acogimiento, agravado por el número de víctimas, el abuso de una situación de vulnerabilidad y la concreción efectiva de la explotación.
Mediante promesas falsas de empleo en la finca conocida como “Los Chilenitos” o “El Chileno, de la ruta provincial Nº54, a la altura de La Curva de Juan, en el paraje Tonono, los integrantes de las comunidades El Cañaveral y San Luis, aceptaron el ofrecimiento de realizar tareas de deschampe (limpieza de terrenos ya desmontados) a cambio de 8.000 pesos por hectárea trabajada.
Sin embargo, una vez que eran llevadas a bordo de una camioneta Toyota, se dieron cuenta de que todo era una frase. No existía finca, sino campamentos improvisados con plásticos, sin acceso adecuado a alimentos ni agua potable, y expuestos a temperaturas cercanas a los 50 grados, eran forzados a cumplir tareas extenuantes con herramientas rudimentarias.
La única fuente de agua disponible estaba ubicada a cinco kilómetros del sitio de trabajo, y la comida provista –un plato por día– era además descontada del salario prometido.
Una denuncia anónima
La fiscal de la causa reveló que ninguno de ellos cobró el dinero propuesto y, cuando quisieron reclamar a Erazo, este los intimidó. Como si fuese una película inspirada en “el ferrocarril subterráneo” con el que eran rescatados los esclavos norteamericanos, planearon escaparse luego de que uno de ellos sufriera complicaciones en la salud.
En la noche del 18 de diciembre de 2023, tres de los obreros lograron escapar y, tras varias horas de caminata, llegaron hasta una comunidad cercana, donde finalmente fueron auxiliados.
En esa misma jornada, una denuncia anónima a la línea 145 del Programa de Rescate de Víctimas de Trata del Ministerio de Justicia de la Nación permitió poner en marcha un operativo de rescate en el que intervino Gendarmería Nacional. Durante el procedimiento se constataron las condiciones denunciadas y se avanzó con la imputación penal de Erazo.
En el marco de la audiencia, se presentó un estudio elaborado por la psicóloga Verónica Olguín Rufino, donde se constató el acceso limitado o nulo a vivienda, alimentación, salud y educación, además de haber sido incorporados al trabajo infantil desde edades muy tempranas.
Al justificar la vía de la reparación, Orsetti remarcó que, aunque la acusación es sólida y existe una alta probabilidad de condena, los caminos tradicionales de la justicia civil podrían resultar infructuosos para las víctimas. “No tengo mucha certeza”, dijo al referirse a las posibilidades efectivas de una indemnización posterior. En ese sentido, citó el inciso 6 del artículo 6 del Protocolo de Palermo, que obliga a los Estados parte a garantizar mecanismos de reparación para quienes fueron objeto de trata.
El defensor de víctimas, Nicolás Escandar, respaldó la solución alcanzada, subrayando que “no se percibe como impunidad”, ya que el proceso penal podría reactivarse en caso de incumplimiento. También recordó casos similares donde la vía civil, como en el decomiso de una vivienda por una condena de 14 millones de pesos a líderes espirituales de un culto Umbanda, no permitió materializar la reparación económica por la insolvencia de los responsables.