Otra vez el Poder Judicial se entromete en el proceso de votación de una entidad gremial y así lo hizo saber la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), que se prounció sobre el intento de suspensión de las elecciones del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) por parte de la Justicia. Igualmente, los comicios están en curso y se llevarán a cabo hasta el viernes 5 de diciembre.
Mediante un comunicado, la CATT informó que la medida judicial “fue solicitada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de carácter cautelar e inmediata debido a denuncias de listas opositoras, alegando un posible riesgo institucional, aunque aún no está firme”.
Asimismo, mencionó que “desde SOMU aclararon que los comicios se están desarrollando `con suma transparencia` y con la presencia de más de 30 listas oficializadas”.
En ese sentido, Juan Carlos Schmid aseguró que “la democracia interna de los sindicatos y la elección de sus conducciones la definen sus afiliados”. Además, evidenció una actitud combativa con respecto a la posible desactivación de los comicios que concluirán al final de esta semana: “Ningún poder externo debe sustituir la voluntad de los trabajadores”.
“Sienta un precedente grave”
Por su parte, Horacio Calculli, Secretario de Prensa de la CATT, manifestó su preocupación por la situación e indicó que “lo sucedido constituye un retroceso institucional”.
Finalmente, concluyó que “la Justicia no puede detener procesos democráticos que competen únicamente a los trabajadores y a sus órganos electorales”.
En sus redes, desde la CATT además denunciaron que existe una “intromisión judicial” que vulnera la autonomía sindical. “Sienta un precedente grave y peligroso para el conjunto del movimiento obrero organizado”, finalizaron en el comunicado titulado “Los de afuera son de palo”.
Los argumentos de la medida
Cabe destacar que la medida, de carácter cautelar fue votada por mayoría, con adhesión de los jueces Diana R. Cañal y Mario S. Fera, a partir del reclamo de las listas opositoras —Granate Nro. 41 y Azul Nro. 100— que habían acudido a la Justicia para denunciar un sinnúmero de irregularidades supuestamente cometidas por la Junta Electoral del sindicato.
Más allá de las posiciones enfrentadas, según surge del fallo, la Cámara se enfocó en dos elementos clave: Primero, “en la existencia de documentación y actas notariales que, al menos de manera preliminar, permiten inferir un proceso controvertido”. Y segundo, se vincula con “el riesgo institucional de permitir que una elección avance con objeciones tan severas: si luego se confirmaran irregularidades, habría que anular actos, retrotraer procesos y provocar un daño mayor”.
En palabras de la Cámara, el objetivo es evitar “situaciones de muy dificultosa o imposible reparación posterior”.
“El fallo subraya que la Justicia laboral no puede avalar procesos sindicales que se alejen de la lógica de apertura, pluralidad y transparencia que exige la libertad sindical”, trascendió.