El abogado laboralista Daniel Ghiraldo advirtió que el proyecto de reforma laboral impulsado por el gobierno de Javier Milei introduce modificaciones profundas en el régimen de vacaciones que afectan directamente el derecho al descanso, la previsibilidad y la vida familiar de las y los trabajadores. En una columna para Data Gremial, explicó punto por punto cómo los cambios propuestos benefician al empleador y debilitan las protecciones vigentes.
Vacaciones fuera del período estival: el “acuerdo” desigual
Actualmente, la Ley de Contrato de Trabajo establece que el período de otorgamiento de vacaciones se extiende del 1° de octubre al 30 de abril, un plazo que no es casual. “Está pensado para que el trabajador pueda tomarse vacaciones durante el período estival, que además suele coincidir con el receso escolar de hijos e hijas”, explicó Ghiraldo. Salirse de ese marco, subrayó, hoy es una situación excepcional.
Sin embargo, el proyecto de reforma habilita que trabajador y empleador puedan “acordar” vacaciones por fuera de ese período. Para el abogado, este punto es central: “Siempre que se habla de acuerdo hay que tener en cuenta que no se trata de una negociación entre partes iguales. El trabajador y el empleador parten de posiciones estructuralmente desiguales, y eso convierte al acuerdo en una imposición encubierta”.
Menos tiempo para planificar: se acortan los plazos de notificación
Otro de los cambios señalados por Ghiraldo tiene que ver con los plazos de notificación. En la normativa vigente, el empleador debe avisar con 45 días de anticipación y por escrito si no otorgará las vacaciones. La reforma reduce ese plazo a 30 días, lo que implica menos tiempo para organizar el descanso, planificar viajes o coordinar la vida familiar.
De “cada tres períodos” a “cada tres años”: menos verano para los trabajadores
El proyecto también modifica un aspecto clave vinculado a las vacaciones en temporada de verano. Hoy, la ley garantiza que al trabajador le corresponda un período vacacional en verano cada tres períodos. “La reforma cambia ese criterio y lo reemplaza por ‘cada tres años’, lo que puede generar que una persona recién acceda a vacaciones en verano después de un plazo mucho mayor, eliminando interpretaciones más favorables al trabajador”, alertó.
A esto se suma la posibilidad de fraccionar las vacaciones en períodos no inferiores a siete días. Según Ghiraldo, esta modificación atenta contra el sentido mismo del descanso: “Cuando te dan 14 días, recién en la segunda semana empezás a desconectar, a disfrutar, a descansar de verdad. Con este esquema, eso se pierde”.
Enfermedad durante el descanso: el fin de la reanudación automática
El abogado también puso el foco en qué ocurre ante una enfermedad durante el período vacacional. Actualmente, si un trabajador se enferma, las vacaciones se interrumpen, se espera el alta médica y luego continúan automáticamente. Con la reforma, si bien el plazo se interrumpe, las vacaciones no se reanudan: una vez finalizado el período originalmente asignado y otorgada el alta, el trabajador debe reincorporarse y queda a la espera de que el empleador decida cuándo reasignar los días no gozados.
Más discrecionalidad patronal y menos derechos garantizados
“Lo que vemos es un patrón claro: menos previsibilidad, menos garantías y más discrecionalidad patronal”, concluyó Ghiraldo. Para el abogado, el proyecto no moderniza el régimen laboral sino que “vacía derechos históricos y convierte al descanso en una variable sujeta a la voluntad del empleador”.